Desplazamiento temporal ¿Está obligada la empresa a pagarme los gastos de desplazamiento a mi casa todos los fines de semana?

Mi empresa me plantea un desplazamiento temporal de entre 2 y 4 meses, mi pregunta es:
¿Está obligada la empresa a pagarme los gastos de desplazamiento a mi casa todos los fines de semana si yo quiero?

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Tal como establece el art. 40.4 del Estatuto de los Trabajadores:
Por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, o bien por contrataciones referidas a la actividad empresarial, la empresa podrá efectuar desplazamientos temporales de sus trabajadores que exijan que estos residan en población distinta de la de su domicilio habitual, abonando, además de los salarios, los gastos de viaje y las dietas.
El trabajador deberá ser informado del desplazamiento con una antelación suficiente a la fecha de su efectividad, que no podrá ser inferior a cinco días laborables en el caso de desplazamientos de duración superior a tres meses; en este último supuesto, el trabajador tendrá derecho a un permiso de cuatro días laborables en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, sin computar como tales los de viaje, cuyos gastos correrán a cargo del empresario.

Cuando dicho artículo se refiere a las dietas se refiere a la obligación del empresario de compensar de los mayores gastos que para el trabajador suponga el desplazamiento. En cuanto a los gastos de viaje entiendo que la ley se refiere exclusivamente a los derivados del traslado al lugar al que se desplaza al trabajador y el de vuelta al lugar de su domicilio, además de los gastos de los viajes por el permiso de cuatro días laborables a que tiene derecho el trabajador por cada tres meses de desplazamiento.
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