Aclaración convenio

Buenas tardes
Te detallo debajo, un articulo de nuestro convenio, y tenemos una duda de interpretación.
¿La empresa tiene que dar la ropa reseñada en el primer párrafo.?
¿O tiene que entregarla, solo cuando este se haya deteriorado.?
Artículo 9.- Vestuario
Las Empresas entregarán a cada trabajador al comienzo de cada año, la ropa adecuada para el uso en faena, que consistirá en tres pantalones, tres camisas, dos pares de botas o zapatos y chaqueta para el frío, además de las reglamentadas por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales [NDL 4 BOE'95], según el trabajo desempeñado y cuando así lo exija la propia ley, siendo de carácter obligatorio el uso de los mismos para los trabajadores a quienes afecte estas normas.
Dichas prendas se sustituirán cuando por el uso adecuado de las mismas se hayan deteriorando, aunque no haya transcurrido un año de duración de las mismas.

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Lo que dice el artículo es claro, para la ropa de trabajo pues dice que se dará al principio de cada año y posteriormente al deterioro si este se produjera antes de acabar el año. En cuanto a los equipos de protección individual hay dos interpretaciones posibles: la primera es que se entregarían al principio de cada año, la segunda es que al aludir a cuando así lo exija la propia ley, se refiere a lo establecido por el Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo (disposiciones mínimas de seguridad y salud relativa a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual) en su artículo 3.c) obligaciones del empresario "Proporcionar gratuitamente a los trabajadores los equipos de protección individual que deban utilizar, reponiéndolos cuando resulte necesario", es decir al deterioro. Esta segunda interpretación es la que me parece más racional en cuanto a los Equipos de Protección Individual. Me imagino que el empresario habrá visto en el cambio al deterioro la posibilidad de reducir los costos de su actividad, sin originar una gran perjuicio a sus trabajadores, y por eso habrá adoptado una medida que sin duda es contraria al convenio.
Te envío la dirección de mi blog personal donde podrás encontrar más información relacionada con la prevención de riesgos laborales y el derecho laboral:

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