¿Duda sobre antigüedad ante un despido?

Empecé en mi empresa (telemarketing con categoría laboral de coodinadora..)
El 20 de Junio de 2006,
Y en Abril del 2009, tras un convenio pactado con la Xunta Galicia para evitar un despido masivo, nos hicieron indefinidos con una clausula en la que no podrían despedirnos, según antigüedad.. En mi caso no podrían despedirme al menos hasta que pase un año y 8 meses.., con este convenio... Al hacernos indefinidos perdimos nuestra antigüedad...
Mi duda es... Ante un despido mi antigüedad.. Seria desde Abril 2009(desde que he firmado mi contrato indefinido.. Que es un anexo al anterior..)...
... ¿O desde Junio de 2006 que fue la fecha de entrada en la empresa?
! Teniendo en cuenta que en ningún momento nadie.. Hemos cobrado ningún finiquito al pasar a indefinidos en Abril 2009!
Así... ¿Podrías decirme ... Cual es mi antigüedad legal a efectos de despido? ¿Desde 2006 o desde 2009?
Millones de gracias por tu ayuda de antemano!

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Entiendo que si entre ambos contratos no ha habido una ruptura del nexo contractual, es decir, uno es inmediatamente posterior al otro o no han transcurrido más de 20 días hábiles entre ambos, la antigüedad sería la del primer contrato.
No.. como bien dices.. entre un contrato temporal y otro indefinido no ha habido ni un día de diferencia..., es decir el día 19 termina el temporal y el 20 comienza el indefinido.. pero.. al ser un acuerdo pactado con la XUnta para evitar un despido masivo.. yo sé por ejemplo que una de las clausulas era el impedimento de poder despedir a cualquiera hasta que no pasasen por meses, según la antigüedad que cada uno tuviese en la empresa..
Sin embargo, nos dieron a todos alta y baja en la seguridad social... no sé si eso cuenta.. y en el nuevo contrato como indefinida.. indica que la fecha de antigüedad del contrato es del día 20 de Abril 2009!
Por eso preguntaba lo del tema de la antigüedad ante un posible despido, ¿por ejemplo?
Gracias por adelantado!
Si se trata de un contrato laboral es criterio jurisprudencial que tal y como te he dicho la antigüedad sería la del primer contrato.
Pues muchísimas gracias por la información. Te lo agradezco mucho.. porque a pesar de estar afiliada a un sindicato... no se enteran de nada... vamos... que o están vendidos.. o ya me dirás.. jaja... en fin.. lo típico..
Mil gracias de nuevo Manu.

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