¿Tengo derecho a disfrutar mis vacaciones?

Me llamo Jose Luis y tengo una duda que nadie me sabe contestar.
El tema es el siguiente:
El pasado mes de agosto, empecé mis vacaciones de verano. Pasados unos pocos días concretamente el día 6 de agosto, sufrí una meningitis por la cual me tuvieron que ingresar de urgencias en el hospital de la ciudad donde estaba pasando unos días.
Entonces claro esta he estado de baja por enfermedad y me gustaría saber si ¿tengo derecho a pedir mis vacaciones? O por el contrario ¿me cuentan como vacaciones los días que estuve de baja?
Le agradezco anticipadamente su tiempo y me gustaría que me aconsejase en la medida de lo posible.
Por si le fuese útil trabajo en una empresa de venta y distri bucion de mobiliario de oficina.

3 respuestas

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Este supuesto que me planteas no lo resuelve norma legal alguna, y según me dices, tampoco lo contempla la norma convencional (El convenio colectivo). Por lo tanto, para resolver esta cuestión tenemos que acudir a la Jurisprudencia de los tribunales de Justicia. En este sentido, tengo que indicarte que no hay una solución clara a la cuestión que me planteas aunque la postura mayoritaria señala que la coincidencia de la situación de IT con el tiempo de vacaciones preestablecido no atribuye al trabajador derecho a un nuevo señalamiento, añadiendo, que estos supuestos constituyen una manifestación de "caso fortuito", cuyas consecuencias han de recaer sobre quien las recibe fortuitamente. Esta jurisprudencia se refiere a casos en los que existía un "pacto colectivo" para el disfrute de las vacaciones. Centrándome en la cuestión, parece ser que negociastas de forma independiente la fecha de disfrute de tus vacaciones, es decir, no existe pacto colectivo, siendo por ello, que considero que deberías presionar a la empresa para que se te concediesen o abonasen en metálico y en el peor de los casos, pienso que tienes datos suficientes para defender tu derecho vía judicial (así: no hay pacto colectivo de disfrute de vacaciones, existe parte de ingreso en hospital). En definitiva creo que es un tema defendible en los juzgados.
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Lo siento por lo de tu meningitis en tiempo de vacaciones, pero el tiempo que has estado ingresado y de baja cuenta como disfrute de tus vacaciones, es una faena pero la ley es así.
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Una IncapacidadLaboralTransitoria sea por el motivo que sea no interrumpe el periodo vacacional, luego si le cuentan como disfrutados los días que estuvo de baja, hasta la finalización del periodo pactado de vacaciones.

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