Vacaciones y Excedencia laboral

Voy a solicitar a la empresa donde trabajo actualmente una excedencia voluntaria y por motivos personales hasta el día 31 de enero de 2011. El problema es que aún no he disfrutado vacaciones del año 2010 (que en en nuestro caso, por el convenio de empresas de consultoría son 23 días laborables) y por lo tanto pensé en pedir los 13 días durante el mes de agosto y me dicen que es imposible que pida vacaciones y que al terminar inicie la excedencia, que tendría que reincorporarme al termino de las vacaciones, que además no me pueden pagar nómina y seguridad social sino estoy, creo que esto no es correcto, ¿o si? Pienso que tengo dereche a disfrutar de las vacaciones, recibir mi nómina y luego iniciar la excedencia, ¿me equivoco? ¿Dice la ley algo al respecto?
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Tienes tú toda la razón, pero tampoco puedes imponer la fecha de vacaciones. Pero sí que puedes decidir la fecha de la excedencia. Tu pide la excedencia por ejemplo para el día 1/8/2010 y que la acepten. Desde ese momento han generado la obligación del pago de las vacaciones correspondientes a 7 meses del 2010 y si no te las pagan se las podrás reclamar judicialmente y posteriormente reclamar la cotización mediante la inspección de trabajo. Lee este artículo sobre cómo cobrar lo que te debe la empresa de nóminas, liquidación, indemnización...
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Hola de nuevo, para puntualizar el contexto es el siguiente, yo voy a salir del país el día 28 de julio, para lo que me pedí vacaciones con unos días que aún tenía del año anterior y así completar el mes de julio, como aún me quedan las vacaciones del 2010 pensé pedirlas para que me cubran una parte de agosto (en la empresa podemos solicitar la totalidad de las vacaciones libremente) y así recibir la parte de nómina en ese mes por esos días e inmediatamente al día siguiente iniciar la excedencia. Como había comentado antes, me dijeron que eso no se podía hacer, que tenía que presentarme después de vacaciones y obviamente no estaré aquí, entonces de acuerdo a lo que me dices, esta propuesta que presento a la empresa es válida y no va en contra de ninguna ley, ¿es esto correcto?
Muchas gracias.
Es totalmente correcto. No va en contra del Estatuto de los Trabajadores, que es la única ley que pinta algo aquí.

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