Despido improcedente, ¿Si o no?

Les cuento mi aventura laboral.
Empecé a trabajar en una empreza em marzo de 2006. Esa misma empresa fue absorbida por una mayor y meses más tarde dejo de existir su NIF, pasando a estar em vigor el NIF de la empresa mayor. Desde marzo de 2006 hasta 15 de julio de 2010 mi trabajo ha ido cambiando de obra en obra haste que por fin termine en el departamento de estudios.
Lo que me quiere pagar la empresa por despido, se refiere tan solo al tiempo trabajado en la empresa mayor ( estos es: después de la fusión y ya con el nuevo NIF) olvidándose por completo el tiempo trabajado con la empresa que a sido absorbida.
Me enseñan um finiquito de la primera que yo jamas he firmado y ahora solo me quieren pagar los días trabajados con esta ultima.
En la carta de despido aparecen las fechas después de la absorción de ls primera empresa y el el motivo es por fin de obra.
El ultimo documento que firme fue un modelo de renovación de contrato ( esto ya en la ultima fase de mi trabajo) que ponía que el trabajador ----- acepta prestar sus servicios en el departamento de estudios a partir del 1 de septiembre. ( ¿Hasta? No pone fecha ninguna, ¿motivo por lo cual entiendo que se trata de un contrato indefinido o no? )
De notar que en ningún momento he perdido el vinculo con las dos empresas pero con la ultima empresa iba a cumplir justamente 3 años. ( Sin contar los 4 primeros meses con la primera empresa, si no serian 3 años y 4 meses en total).
Mi avisan de un día para el otro, justo un día antes de cumplir 3 años con esta ultima, y no me quieren pagar los primeros 4 meses con la empresa donde todo comenzó.
Las preguntas que agradecería que alguien me contestara son :
¿Se puede decir claramente que se trata de un despido improcedente cuya compensación corresponde a 45 días de trabajo por año trabajado?
¿Puedo reclamar yo esos 45 días por año si en mi contrato pone 8 días por año trabajado?
¿Puedo reclamar los primeros 4 meses de trabajo ( antes del nuevo nif y de la basorción ) para el calculo de total de días trabajados?

3 respuestas

Respuesta
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Despido improcedente cual copa de pino, por contrato temporal en fraude y con antigüedad total. Que digan lo que quieran. Demanda y verás como te pagan. Lee este artículo sobre los contratos temporales en fraude de ley.
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¿Qué antigüedad pone en tus nóminas?
Buenos días. En primer lugar muchísimas gracias por la ayuda prestada.
La nomina de la primera empresa ( la que ha sido absorbida por la otra ) tiene antigüedad de 12 de marzo.
La otras nominas ( ya con el nombre de la nueva empresa y el nuevo NIF ) pone antigüedad del 16 de julio.
En ningún momento he perdido el vinculo con ninguna de ellas.
Muchas gracias
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Al ser una empresa fagocitada por otra se produce de un modo automático la subrogación de su contrato y es obligación computarle toda la antigüedad, reclamelo todo y por supuesto a 45/dias por año.
Demande ya, y por supuesto en manos de profesional cualificado, tiene mucho que perder y el plazo es breve. 20 días hábiles desde el despido.
Si ncesita cualquier aclaracion pongase en contacto por aqui o si lo prefiere por medioi mas privado.

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