Descuento del paro tras agotamiento plazo por IT

Estimados señores,
Mi caso es el siguiente. El año pasado estuve de baja por incapacidad tempral durante 12 meses. Tras este periodo el SAS me dio de alta administrativa por agotamiento de plazo máximo de incapacidad temporal. Tras este periodo estuve 6 meses de prórroga, y tras la revisión por parte del EVI les solicité el alta directamente a ellos porque me encontraba mejor. Desde la finalización de esos 6 meses de prórroga hasta que acudí al EVI, mi empresa me dio de baja administrativa durante unos días (no llegó al mes), tras lo cual me incorporé a mi puesto de trabajo manteniendo mi antigüedad en la empresa. Mi pregunta y duda es la siguiente: me han comentado que me cerciore de qué periodo exactamente me será descontado de la prestación por desempleo y si se me descontará algo cuando llegue el momento de solicitarlo (si en algún momento llega, que esperemos que no), o si no me descontarán nada por haberme incorporado nuevamente al trabajo después de esa "baja administrativa". Comentaros también que en ningún momento llegué a cursar ninguna solicitud de pago directo con el inss durante ese periodo de baja administrativa, no habiendo recibido ningún importe durante ese mes por parte de ninguna entidad.
Espero sus respuestas; muchas gracias de antemano.

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Iría sólo deberían descontarte para determinar la duración de la prestación por desempleo, el tiempo transcurrido entre el cumplimiento de los 18 meses de baja y el reconocimiento del EVI pues durante dicho tiempo no existe obligación de cotizar, tal y como establece el art. 131 bis. 2 de la Ley General de la Seguridad Social.
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