Subsidio por desmpleo

Buenos días.
Soy mayor de 52 años y estoy a punto de acabar el periodo de cobro del paro que me correspondía, tengo un fondo de inversión contratado y unos años sube un poco y otros baja pero nunca hago reembolsos, ¿este fondo se considera renta y se tiene en cuenta a la hora de volver a pedir la ayuda para mayores de 52 años que no encontramos empleo?
Un saludo

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La respuesta a dicha pregunta se encuentra en el art. 7 del Real Decreto 628/1985 en cuyo párrafo 1.c) 3. se dice:
Si se dispone de bienes de patrimonio, fondos de inversión mobiliaria o inmobiliaria, fondos o planes de jubilación, o cualquier otra modalidad de inversión de capital, excepto la vivienda habitual y los planes de pensiones, que tenga diferida su sujeción al impuesto de la renta de las personas físicas, siempre que no se haya computado su rendimiento mensual efectivo se computará el rendimiento mensual presunto que resulte de aplicar el 50 % del tipo de interés legal del dinero vigente sobre el valor del bien, fondo o plan, prorrateado entre 12 meses.
Así pues en tú caso, si tienen diferida su sujeción al impuesto de la renta (no se paga dicho impuesto en el momento en que se produzcan reembolsos) no computarían como renta.
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http://derecholaboralyprl.blogspot.com/2010/08/el-subsidio-por-desempleo.html

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