Despidos- reducción jornada

En mi empresa a partir del 1 de octubre vamos a pasar de una jornada de 40 horas a realizar 35 a la semana, además antes del día 1 van a despedir casi a la mitad de la plantilla. Pero varias compañeras al enterarse de que podían ser despedidas han solicitado la reducción de jornada por cuidado de un menor a 35 horas, el problema es que la han solicidado a partir del 10 de octubre, mi pregunta es si la empresa podría negarse a concedérsela alegando que a partir del día 1 de octubre ese será el horario normal de la empresa.

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La empresa nunca puede negar el derecho a disfrutar una reducción de jornada por guarda legal, el problema de estas trabajadoras es que al solicitar la reducción lo harán sobre la jornada real, sobre la jornada que tengan el 10 de octubre.
Supongo que se habrá realizado un ERE de reducción de jornada en la empresa, si no es así la empresa no puede imponer una reducción de jornada.
No se ha realizado ningún ERE, la empresa para la que trabajamos es una subcontrata, y ahora el contrato que tenia en vigor con la empresa cliente ha cambiado, reducen personal y horas a quien se quede. En los despidos que han ido realizando hasta ahora han reconocido la improcedencia de los mismos y han pagado 45 días por año a todo el mundo. En la última reunión que ha tenido el comité con la empresa, dijeron que quien se niegue a firmar la reducción horaria en lugar de ser despedido a 30 de septiembre lo será a 5 de octubre. Ahora mismo todos tenemos un contrato de fin de obra con el que llevamos más de 3 años de antigüedad.
Entonces, ¿tu crees que podrían negarles la reducción y si fuera ese el caso despedirlas?
Las reducciones de jornada sin un ERE no son legales y los trabajadores tendríais derecho a reclamar judicialmente por novación del contrato.
La empresa nunca puede negar una reducción de jornada por guarda legal. Los y las trabajador@s con reducción de jornada por guarda legal están protegidas ante el despido.
Entonces, ¿qué tendríamos que hacer? ¿Negarnos a firmar el acuerdo con el que nos reducen la jornada? En ese caso ya nos han dicho que nos van ha despedir, si esto sucediera y denunciamos ¿qué podríamos reclamar?
Otro punto, en el caso de las reducciones, la empresa no se puede negar aunque en la fecha que van a ser efectivas las mismas su jornada ya será de 35 horas ¿no?
Si os despiden tenéis derecho a la readmisión o a una indemnización de 45 días por año trabajado.
Será la jornada de 35 horas si las trabajadoras previamente renuncian a parte de su jornada, ya que si no lo hacen seguiría siendo de 40 horas semanales, con la gran ventaja de que tienen derecho a elegir horario, durante los 2 primeros años las cotizaciones a nivel de seguridad social no tendrían reducción y estarían protegidas ante el despido, ya que este no podría ser declarado improcedente.
Es muy importante que busquéis ayuda profesional de forma directa (sindicato, abogado,...) para poder estudiarlo todo en condiciones con la documentación que aportéis y reclamar si procede.

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