En la empresa donde trabajo van a presentar un ERE de reducción de jornada de 1 año de duración.

En la empresa donde trabajo, van a presentar un ere de reducción de jornada.
Solo afecta a producción 10 personas:
Una semana trabajan 5
Otra otros 5
Una cerrada
Y volvemos a comenzar.
Mi pregunta es, se pude hacer un ere que solo afecte a producción,
en oficinas, por otra parte, solo dejarían de trabajar por las tardes
los viernes. La negociación como en todos los casos sera de perder lo
mínimo posible pero, como afecta esto al paro y a los despidos si se
llevaran a efecto ya que las respuestas son pierdes meses, tiempo, y
luego recuperar el 100 por 100 dicen que se tarda 2 años al cobrar el
paro en el ere, otra pregunta es si estas de baja uno de las 5 personas
de un turno, se puede sustituir por otra, como si no puedes hacer
horas puesto que es un ere.
¿Te puedes negar a entrar en el ere.?
¿Si entras en el ere antes de firmar se pueden negociar los días de
indemnización por despido, como en todos lados unos contratos son de
¿35 días otros de 45 o como dicen 20 días por año directamente y a la
calle?.
En la mesa de negociación con la empresa se puede sentar algún trabajador junto con el delegado en este caso uno.
Pido disculpas por la largura del texto pero son dudas preocupantes .

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Si se puede hacer a un único departamento y así lo contemplala Ley. El tiempo de regulación (cada semana que estés) te computa a efectos de tiempo cotizado y de momento tendrías que trabajar 6 años seguidos más para generar dos años enteros de paro. De otdas maneras el Gobierno acaba de hacer una propuesta para que el personal que se encuentre en ERES temporales no sea penalizado en caso de que en un futuro fuera despedido por lo que no le afectaría de cara al paro ese tiempo. Yo creo que se aprobará. Entra en mi WEB que tengo un articulo sobre ello.
No se pueden hacer extras estando en situación de regulación y si una persona cae de baja hay que sacarla del ERE puesto que es incompatible la prestación de desempleo con la de la baja por enfermedad. No se lo podría sustituir por un atrabajador externo pero si por uno de la propia empresa.
PAra que el ERE prospere necesita un acuerdo entre Empresa y trabajador, en caso de no haberlo será la oficina territorial de trabajo quien decida si hay ERE o no.
Una cosa es un ERE temporal, que es en lo que estáis de momento vosotros y otr un ERE de extinción cuyo final es el despido. Para que exista esto tiene que afectar a más de un 10% de la Plantilla y hay un periodo de un mes como mínimo para negociar los días de indemnización de esos despidos así como los posibles beneficios sociales. En caso de no llegar a un acuerdo el mínimo legal es de 20 días de salario por año trabajado.
Si hay represerntacion sindical se sienta la Empresa y el Comité y podrían entrar asesores externos de los trabajadores. En caso de que no haya Comité negocia la Empresa directamente con una represerntacon de los trabajadores afectados

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