Se me acaba el contrato y estoy de baja laboral.

El pasado 25 de julio me atropellaron y el meico no me da el alta hasta noviembre. El día 30 de octubre se me acaba el contrato y mi jefe no me puede hacer un nuevo contrato estando de baja y de ninguna manera puedo coger el alta porque no puedo andar. ¿Si me quedo sin "trabajo" cobraré de la seguridad social sin tocar mis días de paro? ¿O cómo funciona?
Muchas gracias
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Cobraras de la S.S, pero el tiempo que estés de baja una vez rescindido el contrato se te descontara del tiempo de paro al que tuvieras derecho.
Gracias por la respuesta. Pero en el INEM me dijeron que por ser un accidente de transito y por no ser una enfermedad común no se me descontaría paro. ¿Estoy preocupada porque ahora tengo un año de paro y si lo tuviera que coger por solo 15 días lo perdería?
Muchas garcías
Si se refiere a que fue un accidente in itinere, es decir yendo o viniendo a trabajar, entonces se considera accidente laboral y es cierto lo que le dijeron en el INEM.
Buenas tardes, no el accidente fue un domingo, no tiene nada que ver con el trabajo. ¿Entonces no es cierto lo queme dijeron en el INEM? Garcías
Pues entonces si que se descuenta. No tiene nada que ver que sea un accidente de trafico.
No se por que te dijeron eso en el INEM.

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