Baja voluntaria y derecho a paro

Trabajo en una empresa de telemarketing con contrato hasta fin de obra. Tras 15 meses trabajando para una campaña la empresa nos informó de que la campaña pendía de un hilo (terminó a las pocas semanas).
A algunos trabajadores se nos "ofreció" la posibilidad de cambiar de campaña dentro de la misma empresa, manteniendo la antigüedad a cambio de firmar una baja voluntaria.
En vista de la situación, aceptamos el cambio de campaña dentro de la misma empresa manteniendo la antigüedad (tras 12 meses asciendes de categoría) y sin período de prueba.
Tengo entendido que tras una baja voluntaria para evitar fraudes el INEM exige 3 meses naturales de permanencia en la nueva empresa. La pregunta es: Al tratarse de un contrato bajo las mismas condiciones que el anterior (fin de obra dentro de la misma empresa)¿Es necesario que transcurran esos 3 meses? Si por cualquier motivo rescinden el contrato ¿tengo derecho a paro?

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En mi opinión si el nuevo contrato es con la misma empresa, asegurarse de que así sea, mismo nombre, mismo cif .no tendrías el periodo de prueba, pero aunque sasi fuese, podrías denunciarlos, por que al ser con la misma empresa no tendría que hacerte un nuevo contrato a no ser que frimaras el cese voluntario pasara un tiempo y volvieras a contratarte . pero en mi opinión en un juzgado podrías demostrar que fue una maniobra de la empresa para eludir sus obligaciones y restringir tus derechos .
Esto lo mejor es un abogado laboralista, los sindicatos tiene abogados en nomia que no creo te negaran esta consulta
Hola!
Es un contrato con la misma empresa directamente, sin subcontratas ni cambios de nombre, bajo las mismas condiciones y manteniendo antigüedad (de hecho en la seg. Social aparece la baja/alta de la misma empresa y en las propias nóminas se respeta la categoría profesional y aparece reflejada la fecha de ingreso antigua.
Lo hicieron así por conveniencia, práctica habitual en la empresa.
No tengo período de prueba y no creo que me echen por ahora pero quería aclarar dudas así como saber hasta que punto es legal esta práctica.
Te mantiene la antigüedad, si te despiden me imagino que te liquidaran por todo el tiempo . a no ser que al finar la renuncia al puesto también hayas firmado el cobro de finiquito, pero si no hay riesgo de despido no te preoucpes, es una pena que teniendo trabajo en estos tiempos no lo disfrutes y estés pensando y agobiándote con estas cosas .cuándo suceda sucederá.

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