Mis derechos ..
Hola .. Mi pregunta es la siguiente ..
Resulta que hace tres meses empecé a trabajar en una pequeña tienda de ropa en la provincia de granada .. Durante los últimos ocho años de mi vida he sido dependienta con dicha categoría asignada .. Pues bien ahora e bajado de categoría a ayudante de dependiente solo que no ayudo a nadie y es más yo me encargo de todo en la tienda ..( almacen, facturas, venta, caja, y enseño a las chicas nuevas..), dentro del contrato me tienen prorrateadas las pagas, pero en la nomina me aparecen como gratificaciones extraordinarias y no como pagas prorrateadas .. ¿es esto legal? Por otro lado me ofrecieron el 1% de comisiones sobre el total de ventas al mes de la tienda .. Pero este uno por ciento en teoría me lo tienen metido en nomina con las gratificaciones extraordinarias ..
Por otra parte dicen de abrir los festivos de diciembre 6,8,19,26 y aquí en la mayoría de comercios de granada la compensación a esos festivos es de dos días de descanso por festivo trabajado y en lo económico el doble de lo que se paga la hora en bruto o al 75%... ¿cuál seria la mejor forma dentro del ámbito legal?
Si yo me tiro un año trabajando con esta gente y después decido irme .. ¿perdería mi paro acumulado con la otra empresa donde trabaje antes ..?
¿Y puedo pedir una prorroga de 3 meses en vez de una de 9 q me quieren hacer ..?
Muchas gracias espero me saque de dudas en breve..
Resulta que hace tres meses empecé a trabajar en una pequeña tienda de ropa en la provincia de granada .. Durante los últimos ocho años de mi vida he sido dependienta con dicha categoría asignada .. Pues bien ahora e bajado de categoría a ayudante de dependiente solo que no ayudo a nadie y es más yo me encargo de todo en la tienda ..( almacen, facturas, venta, caja, y enseño a las chicas nuevas..), dentro del contrato me tienen prorrateadas las pagas, pero en la nomina me aparecen como gratificaciones extraordinarias y no como pagas prorrateadas .. ¿es esto legal? Por otro lado me ofrecieron el 1% de comisiones sobre el total de ventas al mes de la tienda .. Pero este uno por ciento en teoría me lo tienen metido en nomina con las gratificaciones extraordinarias ..
Por otra parte dicen de abrir los festivos de diciembre 6,8,19,26 y aquí en la mayoría de comercios de granada la compensación a esos festivos es de dos días de descanso por festivo trabajado y en lo económico el doble de lo que se paga la hora en bruto o al 75%... ¿cuál seria la mejor forma dentro del ámbito legal?
Si yo me tiro un año trabajando con esta gente y después decido irme .. ¿perdería mi paro acumulado con la otra empresa donde trabaje antes ..?
¿Y puedo pedir una prorroga de 3 meses en vez de una de 9 q me quieren hacer ..?
Muchas gracias espero me saque de dudas en breve..
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Respuesta de maritony1975
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