Jefe ¿Vocal en mesa electoral?

Mi empresa esta a punto de cerrar, y hay rumores de ERE, y a mis compañeros y a mi nos asusta lo que puedan firmar los miembros del comité de empresa, ya que desde las elecciones no han hecho absolutamente nada por nosotros.
¿Puede uno de los máximos jefes formar parte de la mesa electoral, teniendo poderes para despedir a la gente?
¿Cómo nos podría afectar lo que firmase el comité de empresa, si no nos representa?

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El Comité de empresa si os representa porque para eso lo habéis votado, es el medio democrático que tenemos los trabajadores para tener representación legal.
Otra cosa distinta es que no estés de acuerdo en como están haciendo las cosas, para eso tenéis mecanismos legales, recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, para revocarlos, si así lo decide la mayoría de los trabajadores.
Cualquier trabajador que esté en el censo electoral puede ser candidato y votante en las elecciones sindicales de una empresa, y por lo tanto también puede formar parte de los miembros de la mesa.
Las trabajadores que tienen poder de firma en la empresa, que pueden despedir y contratar, etc, no deben formar parte del censo, vamos, los de Alta Dirección. (Art. 16, Real Decreto 1382/1985, de 1 de Agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección) Si fueron incluidos en su momento lo que teníais que haber hecho es impugnar el censo electoral.
Lo que firme el Comité de Empresa es válido a todos los efectos. Lo que debéis comentar al comité es que si firma algo, antes de aprobarlo, que lo someta a votación de la asamblea, es lo más correcto.

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