Días de asuntos propios

Según mi convenio (comercio general) tengo derecho a un día para asuntos propios. Sin embargo, desde la empresa me comentan que no puedo cogerlo y que, ese día sólo lo puedo usar para asuntos relacionados con la administración pública.
Quiero saber si me pueden negar el día de asuntos propios, y si tengo que justificar a donde voy dicho día.
¿Si me lo niegan que acciones podría llevar a cabo para conseguirlo?

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Tendrás derecho al día de asuntos propios en función de como esté redactado en el convenio colectivo, este te indicará si puedes disfrutarlo en determinadas ocasiones (asuntos de administración pública) o cuando tú lo creas oportuno.
En caso de tener derecho al mismo la empresa nunca podrá negarlo, si fuera el caso deberías solicitarlo por escrito por duplicado para dejar constancia de la comunicación efectiva, otra opción es burofax, y en caso de que lo nieguen podrías exigirlo judicialmente.

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