¿Qué puedo hacer si mi empresa me paga tarde?

Quería saber que puedo hacer, llevo dos años en mi empresa por acuerdo desde el principio mi jefe paga el día 4 durante el primer año paga el día acordado, pero tras un problema entre ambos desde hace un año, a raíz del problema a parte de hacerme la vida imposible para que me vaya, me empezó a pagar el día 7, 8 de todo esto tengo todos los recibos bancarios en os cuales se ve que el primer año paga el día 3 o 4 y desde marzo de 2010 me paga el día 7 o 8 del mes, ¿qué puedo hacer? He odio que incluso puedo solicitar la finalización del contrato por este motivo con derecho a la indemnización que me corresponda y derecho a paro, ¿es cierto?

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Le remito al Articulo 29.1 del Estatuto de los Trabajadores:
Artículo 29. Liquidación y pago.
1. La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El período de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes.
El trabajador y, con su autorización, sus representantes legales, tendrán derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado.
La documentación del salario se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago del mismo. El recibo de salarios se ajustará al modelo que apruebe el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otro modelo que contenga con la debida claridad y separación las diferentes percepciones del trabajador, así como las deducciones que legalmente procedan.
Espero haberle ayudado,
saludos.
La verdad es que no me ha quedado muy claro, ¿puede pagarme entonces el día 7 o 8 o cuando le de la gana aunque no sea el día acordado?
Según nos dice el art. 29 del Estatuto de los Trabajadores, la empresa debe pagarnos conforme a los usos y costumbres que en ella se vinieran dando respecto a lo que se refiere a lo pagos de salarios. ¿Esto qué quiere decir? Que si la empresa desde que usted entró, le ha pagado el día 4 como usted bien dice, tiene la obligación de seguir pagándole los días en los que venía haciendo efectivo el pago de los salarios.
Espero haberle ayudado,
saludos.

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