Modificación sustancial contrato laboral

Llevo trabajando durante 10 meses a jornada completa en una empresa, la cual, como muchas empresas minoristas en España, está pasando un bache en lo que a ventas se refiere. Me quieren hacer una modificación sustancial de contrato en la que me rebajan las horas semanales a 20, o lo que es lo mismo, jornada parcial, las dudas mías son las siguientes teniendo en cuenta que no me renovará el contrato cuando este finalice.
El me ha dicho que me bajará de horas a 20 y luego el último mes me pondrá de nuevo contrato a jornada completa para poder así cobrar el paro.
¿Es cierto esto que comenta? ¿Me beneficia o perjudica?
Al modificar el contrato, ¿tendría qué finiquitarme o darme las vaciones que aún no he disfrutado?
Gracias de antemano.
{"Lat":28.130127737873998,"Lng":-15.4275512695313}

1 Respuesta

Respuesta
1
Se puede dar la modificación sustancial si concurren las siguientes causas: Cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de la producción.
Te tiene que notificar esta situación y a tus representantes legales con una antelación mínima de 30 días.
Si cumpliera las causas que te he puesto al principio tienes derecho a rescindir tu contrato si resultas perjudicado por la modificación sustancial. Y cobrarías una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, como llevas menos tendrías que prorratearlo es decir
Si por 12 meses son 20 días por 10 meses --->16,6 días de indemnización
Puedes no rescindir tu contrato, trabajar con 20 horas y mostrarte disconforme, puedes impugnarla ante la jurisdicción competente y te dirán si es justificada o no. En el caso de que no tuviera razones el empresario para modificar tu contrato volverías a trabajar 40 horas semana.
Para cobrar el paro has tenido que cotizar al menos un año (360 días) si no tienes cotizaciones anteriores y cumples todo tu contrato tendrías derecho a cobrar el paro.
Bajaría tu base de cotización ya que un mes habrías trabajado la mitad. Los días de vacaciones que no hayas disfrutado se suman a la cuenta de los 360 días! Asique suma todos los días que has trabajado y añádele las vacaciones.
Me resulta raro que te haga un mes reducción y al otro te vuelva a subir. Eso dependerá si te fías de el, de todas formas habla con tus representantes.
Cuando modificas el contrato creo que no se extingue el firmado inicialmente, de todas formas siempre que acabes tu contrato las vacaciones que no hayas disfrutado te las tiene que abonar.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas