Indemnización por despido improcedente

Hola buenas: en primer lugar gracias de antemano por tu tiempo.
Te expongo mi caso: llevo trabajando en la empresa casi 19 años, los primeros 6 años con contratos temporales y los últimos 13 años fijo (desde el 10/03/1998 hasta el día de hoy); la empresa tiene unos 25 trabajadores y nos estamos temiendo lo peor, que nos despidan a todos por cierre de empresa. Te digo esto por noticias y comentarios que se oyen fuera de la empresa, (que si han vendido todo lo que hay dentro de ella, aunque no las naves ni el terreno).
Bueno, mi pregunta es la siguiente: en el caso de que nos despidieran, ¿cuánto seria la indemnización que me correspondería? Se supone que esto seria un despido improcedente ¿no? ; ¿Podrían alegar que tienen pocos beneficios para pagarnos menos a la hora de la indemnización? ( Por quiebra de empresa por ejemplo, aunque todos sebemos que no es así), ¿qué deberíamos hacer nosotros en el momento que supiéramos que nos van a despedir?
Espero que me orientes un poco por que tengo la cabeza que no veas; de nuevo gracias anticipadas.
Un saludo.

2 Respuestas

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En caso de que planteraran un Expediente de extinción (ERE) lo mínimo que dice la ley son 20 días por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades, pero tendrían que negociarlo con vosotros y ahí podríais sacar algo más.
Si despiden individualemente con despido objetivo son 20 días, en ese caso deberíais denunciar porque tienen que demostrás las causas que aleguen.
Si es despido improcedente son 45 días.
En cualquiera de los casos os aconsejo que contactéis con un sindicato, y si prevéis que esto pueda ocurrir, y no tenéis delegados de personal, deberíais hacer elecciones sindicales para tener representación.
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Por lo que me comento me temo que el despido por el que optaría la empresa sería por causas económicas, para así pagar 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades.
Ahora bien, en caso de que la empresa optase por este tipo de despido, le aconsejo que si saben que la empresa ha estado preparando estas pérdidas o no las tiene realmente, recurran el despido y les soliciten como prueba documental que aporten los documentos que lo acrediten (cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil, Impuesto de Sociedades, Modelos de Iva, etc).
Hola buenas de nuevo, gracias por haberme contestado. Le voy a pedir que me aclare unas dudas: Suponiendo que consiguiera que me reconocieran el despido improcedente.
Mi empresa,(bueno, mis empresas, han sido tres en unos 19 años, aunque las tres pertenecen a los tres mismos socios) El caso es que en los 13 últimos años he trabajado ya con un contrato indefinido o fijo; los anteriores me cambiaban de una a otra empresa (todas suyas) Mi duda es: si me despidieran ¿desde cuándo me tendrían que dar la indemnización? Desde los últimos 13 años o desde antes, puesto que ya he estado con anterioridad (3 años) en esta misma empresa. O quizás las otras empresas, por supuesto de los mismos dueños. ¿Cuántos días por año trabajado me corresponderían? Mi ultimo contrato de que dispongo es de marzo de 1998.
Gracias de antemano por sus respuestas
Un saludo
Entiendo que se trata de empresas de grupo, en su lugar pediría la antigüedad desde el primer contrato argumentando esto que le indiqué. Para demostrarlo el Letrado o Graduado Social que le represente no tiene más que entrar en una empresa de información, como axesor o informa, y de ahí saca toda la información que es válida como prueba documental en el juicio.
El despido improcedente son 45 días de salario por año con un máximo de 42 mensualidades.
Si fuese de Asturias y quiere ponerse en contacto con mi despacho el teléfono es 985 20 83 77.
Mil gracias por todas sus respuestas.
Esperemos que no nos despidan y así no tener que andar con estos líos...
Gracias de nuevo y Hasta la próxima.
PD: Soy de Castilla y León.

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