Baja incentivada

Trabajo en mi empresa desde hace casi 10 años con contrato indefinido. Este año se ha planteado un ere con bajas incentivadas las cuales me interesaron y fui a hablar con el departamento de personal para apuntarme.
Allí me comentaron que no sabrían si me llamarían pues las bajas están pensadas para la gente mayor y no para la gente joven, peo finalmente después de varios meses me han hecho una oferta y necesito una aclaración.
Me han ofrecido 20.000 euros más liquidación y finiquito, junto con los papeles del paro. Por el tiempo que yo llevo en la empresa si me despidieran improcedentemente me corresponderían 26.000 euros.
¿Puede ser que lo que me han ofrecido sea un plus, es decir, la baja voluntaria incentivada o simplemente es el finiquito y nada más? Si fueras así,¿seria legal al ser menos de lo que me corresponde?

3 respuestas

Respuesta
1
En caso de que el ERE sea aprobado por la autoridad laboral (en empresas de más 100 trbj es obligatorio) y por tanto el despido colectivo se lleve a cabo en el periodo concertado, te correspondería una indemnización de 20 días por año de servicio. Por tanto, suponiendo que cobraras 160000euros/año te correspondería 8888,88 euros.
La negociación entre patronal y representantes sindicales puede establecer otras medidas tanto económicas como organizativas o sociales, así que el incentivo de 20000 euros es legal y pueden ofrecértelo como ayuda. Ademas siempre te corresponderá la liquidación de haberes (finiquito) y la prestación desempleo.
En caso se declare el despido como improcedente, por falta de prueba de las razones que lo motivaron, el empresario tiene dos opciones, readmitirte de nuevo pagando solo los salarios de tramitación o pagarte la indemnización de 45 dias/año servicio; para saber si es improcedente el despido debes acabar en la vía judicial
Puntúa para finalizar la respuesta sino puedes pregunatme por aquí las dudas
El ere fue aprobado en marzo y posteriormente "parado " y las condiciones eran de 45 días por año trabajado. Mi sueldo anual es de 23.000 euros.
¿Esto quiere decir que o me pagan los 45 días por año o me pagan los 20000 que me han dicho? Porque sino me pagan los 45 días por año, salgo perdiendo,¿verdad?.
Gracias
En caso que el juez de lo social considere el despido como improcedente, la empresa debería indemnizarte con 45 días por año que seria 28750euros, sin embargo, si se considera lega (procedente) entonces te correspondería 20 días por año, es decir, 12777,77 euros. Por tanto, la cuantía que te ofrecen supera bastante la cantidad del despido procedente, así que te beneficia pero es inferior a la de 45 días por año, que según me dices es la que han pactado en el ERE
En negociación del ERE se puede pactar la cuantía que se considere siempre no sea por debajo de la ley (20 días por año) y ademas la empresa debe demostrar que las causas para el ERE (despido colectivo) son debido a motivos económicos, organizativos o productivos alegando los oportunos informes y los planes para la recuperación llevados a cabo en los últimos años. Una vez aprobrobado el ERE si un grupo de trabajadores o representantes sindicales quieren demandar contra los depidos deberán tener en cuenta si ha habido desviaciones de capital, falta de medidas para evitar las perdidas, balance real de la empresa, etc.
Espero haber sido de ayuda, para finalizar puntúa la respuesta
Respuesta
1
El finiquito, también llamado liquidación, es un recibo mediante el cual se da por terminada la relación laboral y el trabajador certifica que su empleador le ha liquidado cuantas obligaciones tenía con él en razón a dicha relación. Es decir, representa el pago y la aceptación de lo que te debe la empresa en concepto de vacaciones, de parte proporcional de pagas extraordinarias o por cualquier otro concepto (como indemnizaciones). El finiquito te corresponde en cualquier caso, aunque te des voluntariamente de baja, te despidan procedentemente, te jubilas o fallezcas.
La indemnización que planteas de 26.000 euros corresponderá a una indemnización de 45 días por año trabajado en caso de despido disciplinado reconocido o declarado improcedente. Se da cuando no existen motivos para el despido o el empresario no los puede demostrar.
Ante una situación en que a la empresa le sobren trabajadores por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, el empresario puede iniciar un ERE. Tras negociar con los representantes de los trabajadores, en caso de la autoridad laboral apruebe el ERE la empresa indemnizaría a los trabajadores afectados con una indemnización de 20 días por año trabajado (máx. 12 mensualidades). En tu caso, corresponderían unos 11.500 euros.
Cuando se dan uno o varios de los siguientes supuestos, la indemnización puede ser mayor de la comentada de 20 días por año:
- Se ha acordado una cantidad distinta en la negociación entre empresario y representantes de los trabajadores.
- El empresario duda que la autoridad laboral vaya a aprobar el ERE (cuando hay acuerdo con los representantes de los trabajadores suele ser aprobado).
- Por razones de imagen pública de la empresa y para evitar conflictividad laboral.
Además de ofrecer indemnizaciones mayores, en estos casos puede pactarse que a los ERE se acojan los trabajadores voluntariamente. Es lo que se llama bajas incentivadas. En mi opinión, es lo mejor para empresa y trabajadores.
En resumen, no tienen porqué ofrecerte la indemnización de 26.000 euros. Si te interesan los 20.000, los coges y tienes hasta 2 años de prestación por desempleo. Si no te interesa esa cantidad, rechazas la oferta y continúas trabajando; en ese caso, la empresa te podría realizar una nueva oferta en unas semanas... o no.
El ere se aprobó con 45 días por año, pero posteriormente se paro por aumento de trabajo, de hecho están contratando a gente.Mi sueldo es de 23.000 euros y si lo que me esta ofreciendo mi empresa son los 20.000 salgo perdiendo, ¿verdad?
Gracias
Lo primero, si tu sueldo anual es 23.000 y tienes 10 años de antigüedad, la indemnización que te correspondería en caso de despido disciplinario improcedente es de 28.750 euros.
En mi opinión, sí sigue o no el ERE es lo de menos. La empresa te ha hecho una oferta de 20.000 euros de indemnización (lo puede hacer aunque no haya ERE) más finiquito y ante eso tienes dos opciones:
1) Rechazarla y continuar trabajando en la empresa.
2) Aceptarla y cobrar 2 años de desempleo.
Tú verás que perspectivas tienes en caso de desempleo. A modo de orientación laboral, la situación actual es muy mala para encontrar otro empleo. Así que para aceptar la oferta, deberías tener pensado en qué te vas a dedicar a partir de ahora: otro trabajo ya apalabrado o firmado, continuar los estudios, un proyecto por tu cuenta, cuidar de los hijos si el trabajo del cónyuge te lo permite... También debes valorar si estás a gusto en tu trabajo actual.
Respuesta
1
Por lo que dices te están haciendo una oferta para irte de la empresa. Son bajas incentivadas que no quiere decir que sean despidos improcedentes.
Tendrás que valorar si te compensa el dinero que te ofrecen o no, que es totalmente legal y la oferta no está mal.
La indemnización está exenta de impuestos, y luego el finiquito que te corresponda con los papeles del paro.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas