Modificacion sustancial del contr,rescision y paro

¿En caso de que al final el trabajador tenga que rescindir su contrato porque no esta de acuerdo con la modificación de su contrato ( y la empresa exponga una razón que el juez dictamine que es totalmente viable para hacerlo )aparte de los 20 días de indemnización por año le correspondería también la prestación por desempleo?

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¿Me imagino que te refieres a la situación en la que el empresario incumple con las condiciones substanciales establecidas en el contrato de trabajo verdad?.. Pues si es así lo más lógico es que cuando se demanda a un empresario por una acción tan grave como la de incumplir con las condiciones contractuales, los jueces fallen a favor del trabajador dando por extinguidas la relaciones laborales con la empresa y condenando al empresario a indemnizar al trabajador con 45 días por año más el finiquito correspondiente, y en este caso el trabajador tendría derecho a cobrar la prestación por desempleo, pero si el SR juez no ve elementos suficientes como para extinguir el contrato de trabajo, al considerar que la rescisión del contrato es una decisión unilateral y sin una causa que justifique la decisión del trabajador, la rescisión del contrato se considerara como un cese voluntario del trabajador y no tendrá derecho a la prestación por desempleo porque para causar derecho a cobrar la prestación por desempleo el el trabajador tiene que estar en situación legal de desempleo y para estar en esa situación las causas de la perdida de trabajo tiene que ser una causa ajena a su voluntad.. si es otro el motivo de la rescisión del contrato de trabajo me rectificas y no se te olvide cerrar la pregunta cuando la finalices un saludo..

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