Días por tratamiento fuera de mi comunidad

Agradecer de entrada su atención y tiempo. Mi consulta es si tengo derecho a un día para llevar a mi hija a tratamiento y revisiones de periodicidad semanal al principio y quincenal después, fuera de mi comunidad. Yo vivo en Cantabria y por la enfermedad, me deben atender (a ella), en Madrid, y esa es la consulta, si por el desplazamiento me deben dar ese día o debo de cogerlo de las vacaciones.
A tener en cuenta que sera un tratamiento de unos 5 meses quizás, y serán muchas ausencias de un día, y otra cosa, si debo estar más de un día, pero no es ingresada, ¿sino qué la tratan en dos días consecutivos?, ¿Qué derechos tengo en cuanto al trabajo?.
Mi convenio es el del Comercio del Metal.

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El artículo 19 del Convenio de Comercio del Metal de Cantabria establece 3 días naturales por enfermedad grave, más 2 días por desplazamiento superior a 250 km.
Todo lo que exceda de esos 5 días debe pactarse entre empresa y trabajador, ya que la licencia retribuida no cubre más que esos 5 días, comenta el caso y seguro que podéis llegar a un punto intermedio de acuerdo, aunque tendrás que ceder también días de vacaciones.
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Perdona por el retraso; Mira en tu convenio colectivo no se contempla esta posibilidad; en el caso de enfermedad grave de familiar te corresponden 3 días ( a los que puedes sumar 2 en caso de desplazamiento a más de 250 km.)No obstante es cuestión de que plantees el caso a tu jefe y entre los dos llegar a un acuerdo. Hay un apartado que reconoce el derecho a faltar del trabajo para acudir al medico, pero claro refiriéndose al trabajador, seria cuestión de interpretar que tu hija esta a tu cargo y solo tu puedes llevarla al medico; En fin, como ya te he dicho lo mejor es que plantees la cuestión a tu jefe y si es una buena persona te comprenderá.

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