Trabajo efectivo y baja maternal

Trabajo en una empresa que pertenene al convenio de Siderometalurgia de madrid, el cual indica que el número de horas de trabajo efectivo serán 1.764 horas en el año 2004, la diferencia entre lo trabajado y lo que marca el convenio son 41 horas, que la empresa nos dará en 5 días laborables. Mi pregunta es la siguiente:
Las trabajadores que han estado de baja maternal, se considera trabajo efectivo o no y por lo tanto dependiendo del tiempo de baja se descuentan las horas.

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Respuesta
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La baja por maternidad se considera tiempo efectivo de trabajo, devengando vacaciones, antigüedad, etc.
Así que entiendo que en su consulta las trabajadoras que hayan estado de baja maternal tendrán derecho a los cinco días que la empresa les va a dar por diferencias de horas.
Cualquier duda más estoy a su disposición.
¿Sabrías dónde puede estar reflejado que la baja maternal es tiempo de trabajo efectivo? No lo encuentro en ningún sitio.
Muchas gracias por todo, has sido de gran ayuda, creo que la empresa nos ha estado tomando el pelo.
Muchísimas gracias por todo, no sabes cuanto te lo agradezco en mi nombre y en de todas mis compañeras que están en la misma situación.
Una sentencia Tribunal Juzgado de lo Social de Mieres
Nº recurso 966/2001
Ponente Manuel González-Portal
Fecha 15 de enero de 2002
Manuel González-Portal, juez del caso, ha considerado que el tiempo permanecido de baja por causa de maternidad ha de ser computado como tiempo de trabajo efectivo a los fines o por el contrario ha de asimilarse a las situaciones de incapacidad temporal con la consiguiente reducción proporcional del tiempo de baja laboral.
En la sentencia, el juez ha proclamado que elcriterio general "se considerará tiempo de trabajo efectivo los periodos de baja por accidente de trabajo, enfermedad profesional y permisos de maternidad" ya fue expresado por el Insalud a través de una resolución, por lo que ha de ser observado y aplicado.
Finalmente, el Alto Tribunal comunitario TJUE subraya que los derechos inherentes al contrato de trabajo deberán garantizarse en caso de un permiso de maternidad, incluido el derecho a disfrutar de vacaciones anuales retribuidas.
Espero que con esto tengas base suficiente para reclamar lo que en justicia te corresponde.

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