Baja voluntaria del trabajador por falta de pago
Necesitaba que me respondieran a una cuestión.
Una trabajadora tras su incorporación al trabajo después de haber estado de baja por maternidad, sufre acoso por parte de su jefe. Había solicitado la reducción de jornada pero solo pudo ir a trabajar el primer día media jornada porque debido a la presión su medico la dio la baja por ansiedad. Desde esa fecha aun estando en situación de incapacidad temporal, el empresario esta cotizando por ella a media jornada cuando dicha reducción no se hizo efectiva puesto que la trabajadora empezó la baja de enfermedad habiendo pasado un solo día. También la ha reducido el grupo de cotización del 07 al 09 sin comunicación previa. Y para colmo lleva 4 meses los que ha estado la trabajadora de baja sin abonarle el importe de la nomina, reincidente en este hecho puesto que antes de esta baja ya tuvo la trabajadora que reclamar por vía judicial el pago de prestaciones de It. La trabajadora ha presentado una denuncia ante el ORECLa del caso.
Podría la trabajadora solicitar la baja voluntaria según el articulo 50.1B) del Estatuto de los trabajadores y las sentencias del Tribunal supremo : TS13.7.98/TSJ CATALUÑA 29.3.99/TS 25.01.99; TS 29.12.94. Y SOBRE TODO LA SENTENCIA TS 2.11.96 DE IMPAGO DE PRESTACIONES DE I.T.
Una trabajadora tras su incorporación al trabajo después de haber estado de baja por maternidad, sufre acoso por parte de su jefe. Había solicitado la reducción de jornada pero solo pudo ir a trabajar el primer día media jornada porque debido a la presión su medico la dio la baja por ansiedad. Desde esa fecha aun estando en situación de incapacidad temporal, el empresario esta cotizando por ella a media jornada cuando dicha reducción no se hizo efectiva puesto que la trabajadora empezó la baja de enfermedad habiendo pasado un solo día. También la ha reducido el grupo de cotización del 07 al 09 sin comunicación previa. Y para colmo lleva 4 meses los que ha estado la trabajadora de baja sin abonarle el importe de la nomina, reincidente en este hecho puesto que antes de esta baja ya tuvo la trabajadora que reclamar por vía judicial el pago de prestaciones de It. La trabajadora ha presentado una denuncia ante el ORECLa del caso.
Podría la trabajadora solicitar la baja voluntaria según el articulo 50.1B) del Estatuto de los trabajadores y las sentencias del Tribunal supremo : TS13.7.98/TSJ CATALUÑA 29.3.99/TS 25.01.99; TS 29.12.94. Y SOBRE TODO LA SENTENCIA TS 2.11.96 DE IMPAGO DE PRESTACIONES DE I.T.
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