Deben darme el finiquito con pagare original

He ido a firmar el finiquito y no solo no me la han abonado, sin consultármelo han decidido darme un pagare con fecha 20/06/2014,en lugar de darme el original me han dado una fotocopia,

He firmado no conforme, y la cantidad pendiente de pago

¿Qué debería de hacer ahora?

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Respuesta

Ahora lo que debería hacer es contactar con un abogado laboralista para iniciar los trámites y reclamar esa cantidad que se le debe.

No olvidemos que la Ley OBLIGA a la empresa a poner a disposición del trabajador el dinero correspondiente al finiquito. Y no olvidemos tampoco que un pagaré no es poner a disposición del trabajador el dinero, sino un documento que constituye una promesa de que esa cantidad se pagará, incumpliéndose por tanto la Ley. Ya el hecho de que el pagaré sea fotocopia es caso aparte.

El pagaré es una promesa pura y simple de pago y equivale a un documento de reconocimiento de deuda, de forma que la empresa no ha cumplido con su obligación de poner el dinero a su disposición.

Ahora lo que "toca" es reclamar judicialmente dicha cantidad con los intereses oportunos, a lo cual conviene señalar que se prevé un procedimiento específico para reclamar cantidades salariales de manera ágil y rápida cuando la cuantía es inferior a 6.000 euros.

Le invito a que gratuitamente nos contacte en el 951 71 50 41 o en www.lariosabogados.es y le atenderemos personalmente sin compromiso.

Te comento tengo la carta de despido y tras ir hoy al smac me ha llamado mi jefe para que vaya a la gestoría a arreglar un tema drl paro como se que esta molesto por lo que estoy haciendo me dijo que no me daría el paro y me forzó a hacer una carta como que me daba de baja voluntaria pero el me despidiria

A que me enfrento.

Y que puedo hacer para no perder el paro?

Tengo el certificado y la carta de despido objetivo firmadas por necesitaría ayufayuda

Gracias

Si ya ha firmado la baja voluntaria, lamento decirle que su jefe se ha salido con la suya, a pesar de que usted tenía la sartén por el mango. Es por esto por lo que es aconsejable poner estos casos en manos de un abogado.

Si usted ha firmado la baja voluntaria, sepa usted que:

1. El Inem no le va a reconocer el derecho a cobrar el paro, pues el paro se cobra siempre que se reúnan los requisitos salvo en el caso de que un trabajador firme la baja voluntaria.

2. Su jefe, a pesar de que le haya dicho que le despediría si firmaba la baja voluntaria, ahora con esa baja voluntaria no tiene obigación de hacer como que le despide ni pagarle ninguna indemnización, pues a efectos legales y con los papeles en la mano, no ha habido despido, sino baja voluntaria. De modo que lo probable es que su jefe haya aprovechado su confianza en él para engañarle.

Su jefe no puede disponer de su paro ya que, entre otras cosas, el paro no lo paga su jefe sino el INEM. Las amenazas de su jefe de privarle del paro era una estrategia para meterle a usted el miedo y que le firmara la baja voluntaria, que era lo que su jefe quería para no tener que indemnizarle. Evidentemente esas amenazas no se podían cumplir ya que, como le digo, su jefe no es quien para privarle del paro, lo que pretendía era que usted firmara esa dimisión. Ya de entrada la entrega de un pagaré fotocopiado no era bueña señal. Su jefe ya apuntaba maneras, sinceramente.

Entiendo que habrá ido sólo al SMAC y por eso le ha pasado esto, ya que cualquier abogado le hubiera aconsejado correctamente.

Ahora bien, en vista del mal actuar de su jefe, también es cierto que usted puede seguir adelante con la reclamación ya que ha pasado por el SMAC y complicarle la vida a su jefe. Si bien es cierto que usted ha firmado la baja voluntaria, no menos cierto es que esa baja voluntaria la ha firmado tras ir al SMAC y coaccionado por su jefe, de forma que se podría intentar convencer al Juez de que ha habido un abuso por parte de su jefe, que viendo las fechas, es cierto que se puede constatar. De esta forma, al menos agota las balas que le quedan y no le deja el camino libre a su jefe, ya que cabe la opción de que un juez estime la demanda. Teniendo en cuenta además que con la demanda se ahorraría usted los honorarios de abogado en juicio, de procurador durante todo el procedimiento, de tasas judiciales (que no hay) y de costas procesales (que no hay), sólo tendría que abonar lo que cobre un abogado por redactarle dicha demanda, que puede ser bastante asequible.

Quedamos a su disposición por si desea contactarnos gratuitamente en los siguientes datos:

951 71 50 41

Gracias por la respuesta, tal como le comentana e ido al sepe inem con el certificado de empresa que tenia en mi poder y me han dicho que para la prestación no habría ningún problema con ese papel

Este jueves tengo la vista de conciliación y arbitraje mi jefe ira con su abogado

Que medidas puede tomar el para negarme mi liquidación es una persona von poder en mejorafa del campo

Que consejos me podrías dar me debe todas las pagas y días de vacaciones no disfrutados

Puede el delante del arbitraje pagarme con pagare?la empresa me han comentado que sigue facturando

Necesito ayuda en cuanto pueda conseguir liquidez contratare in abogado pero hasta no tener ningún ingreso me es imposible

Agradecería su sloaboracion

Un saludo y gracias

El acto de conciliación, de conciliatorio en muchos casos tiene sólo el nombre, de modo que puede ocurrir (no digo que sea su caso), que la empresa llegue allí porque está "medio obligada" a ir y, sin embargo, se plante y no quiera negociar nada.

Ahora bien, en el mejor de los casos, negocia. En dicho caso, más que consejos, hay que tener una serie de pautas en cuenta:

1. Si le debe XX euros, es lo que le deben. Cuestión diferente es que usted esté dispuesto a aceptar menos de los XX euros debidos. Indicarle, a modo de consejo, que muchas veces es más recomendable rebajar un poco las pretensiones que ir adelante con juicio de por medio y jugarla todo a una carta, salvo que se trate de un tema que está relativamente claro y haya opciones reales de éxito.

2. No firme el acta de conciliación si hay algo que no entiende. Ya que no va con abogado, pida al menos al funcionario que se lo aclare.

3. Si se acuerda en pago en varios plazos, pida el vencimiento anticipado, es decir, que el incumplimiento de un plazo conlleva el incumplimiento del total, de modo que un sólo impago permite reclamar el total de lo adeudado.

4. Yo no recomiendo el pago por medio de pagarés o similares. ¿Y si el documento de pago no tiene fondos, por ejemplo? Tenga en cuenta que en el acto de conciliación no se suele abonar el dinero. Allí lo que se suele hacer es decir: XX euros, te lo pago en XX plazos por medio de transferencia bancaria al nº de cuenta XX de la entidad XX, entre los días XX y XX de cada mes, y el primer pago se efectuará el día XX. Por tanto, en la conciliación más que pagos se suele formalizar la forma y los plazos del mismo.

A su entera disposición, reciba un cordial saludo y suerte el próximo jueves.

Larios Abogados

951 71 50 41

www.lariosabogados.es

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