Jubilación sin indemnización
Se rumorea que mi jefe a los setenta años le quedan dos tiene 68, se quiere jubilar y tengo entendido que por jubilación solo tengo derecho a un mes de indemnización, el finiquito y dos años de paro, ya que llevo trabajando en esta empresa 13 años. Pero el otro día leí que si la empresa como tal es una persona jurídica, es decir una sociedad la cosa cambia, pues bien investigo y en mi contrato aparece el nombre de mi j fe y su NIF, por lo tanto se consideraría persona física, pero la empresa la constituye el y una sociedad de su hija, la cual emite facturas a nombre de dicha sociedad con domicilio establecido en el mismo que aparece en mi contrato.
Mi pregunta es ya que me han dicho que hay empresas que hacen los contratos de forma fraudulenta ya que los hacen como personas físicas pero luego emiten facturas y facturan como sociedades, esto seria correcto y si es así en el momento en el que nos comuinique la jubilación podría alegar que me corresponde mas de indemnización porque se consideraria despido improcedente, ya que una sociedad no se puede jubilar o esto no es así.