Trabajadora embarazada

Mi situación es la siguiente: estoy embaraza y la empresa va a cerrar porque el empresario es mayor y no quiere trabajar más.
Me gustaría saber si el despido seria legal por el hecho de estar embarazada y si me deben indemnizar con 45 días o más.
¿Seria distinta mi situación si estuviera de baja médica o de baja maternal?

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Respuesta
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¿Se va a jubilar?
No, solo cierra el negocio.
Pues en ese caso... creo que sería una extinción de la personalidad jurídica de la empresa
En los casos en que la empresa no se refiera a un empresario individual o persona física, sino a una sociedad o persona jurídica, los contratos de trabajo pueden extinguirse, sin perjuicio de la sucesión empresarial, al extinguirse la personalidad jurídica de aquélla.
Las leyes que regulan las personas jurídicas prevén una serie de causas de disolución, pero a los efectos de producir el efecto extintivo sobre los contratos de trabajo se requiere que tales causas tengan su fundamento en razones económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, aplicándose en su caso la tramitación del procedimiento establecido para los expedientes de regulación de empleo.
Cuando la relación laboral se extingue por esta causa los trabajadores tendrán derecho a las prestaciones de desempleo y a la correspondiente indemnización.

En resumen... si no es por jubilación, muerte o incapacidad del empresario... 20 días por año trabajado
En este caso es una persona física, ¿no jurídica... en el caso de que estuviese de baja medica me pueden despedir igual o tendrían que esperar a que me diera de alta?
¿Si en el momento de despedirme estuviese ya de baja maternal tiene que esperar a que termine de disfrutar de mi permiso y cotizar por mi esos 4 meses? Gracias
Por cese de empresa, no
Perdona no te entiendo, sigue siendo que cierra el negocio porque quiere,,,
Se entiende por persona jurídica a un sujeto de derechos y obligaciones que no existe físicamente y que es creada por una o más personas físicas para cumplir un papel.(Empresa)
Visto esto, tu empresa cesa en la actividad. ¿Quieres demandar? Demanda, pide despido improcedente, pero no creo que lo consigas. A ver, pongamos que demuestras que no tiene causas para cerrar y en tu caso, juegas la baza de que estas embarazada, no hay despido improcedente, sino nulo. Si pides que subsidiariamente se declare improcedente en el caso de demostrarse que no existen causas para el cierre... podrías tener alguna opción a los 45 por año.
Por lo que me cuentas, lo que va a hacer tu jefe es una disolución de la persona jurídica y por tanto, a lo sumo, tendrás un despido "objetivo"(20 días por año)por los motivos que te he expuesto anteriormente.

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