Yo creo que antes de tomar una decisión deberías de informarte en algún sindicato o si no en el servicio de mediación arbitraje y conciliación ( SMAC ) sobre la posibilidad de acogerte al articulo 20 del ET y así solicitar la extinción voluntaria del contrato de trabajo por justa causa, como por ejemplo el retraso en el pago regular o impago de tres o mas nominas consecutivas o cualquier incumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato de trabajo, de prosperar la demanda sobre la extinción voluntaria del contrato de trabajo te podrías marchar de la empresa con una indemnización equivalente a la del despido improcedente y el acceso a la prestación por desempleo sin necesidad esperar o estar supeditado a lo que decida la empresa y sin tener que esperar a que te pague el FOGASA porque si la empresa dispone re recursos con los que hacer frente al pago de lo que te tenga que pagar serán esos recursos los que se encarguen cubrir la deuda de la empresa y no el FOGASA pero si esperas a que la empresa se declaren en concurso de acreedores o sea declarada insolvente por decisión judicial entonces cobraras bastante menos ya que tendrá que hacerse cargo de la deuda el FOGASA y ya sabes que el FOGASA solo se hace cargo de las deudas de las empresas hasta cierto limite además de tener que esperar bastante tiempo hasta que te paguen porque hay muchos casos de otros tantos trabajadores, que transcurridos mas de doce meses todavía no han cobrado del FOGASA, por eso te aconsejo que busques asesoría jurídica labora, bien en algún sindicato o algún graduado social que puedes solicitar en los servicios sociales del ayuntamiento de tu ciudad, porque podrías solicitar la extinción voluntaria del contrato de trabajo y además del paro cobrar la indemnización de un despido improcedente por incumplimiento de las contractuales `por parte del empresario.. Suerte y un saludo..
http://www.estatutodelostrabajadores.com/a50-extincion-por-voluntad-del-trabajador/