Despido por Cierre Empresa

En la empresa que trabajo se hacen dos clases de contratos de invierno y de verano y a la finalización de ellos se paga el finiquito.Yo estoy fijo discontinuo desde hace 20 años.¿Tengo derecho a cobrar algo más cuando la empresa cierre, por motivo de suspensión de pagos o jubilación?. Gracias

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Depende del tipo de finalización del contrato que tenga así percibirá una indemnización u otra (o ninguna)

- Despido objetivo, despido colectivo, despido objetivo concursal: 20 días de salario por año de servicio.

- Extinción de la personalidad jurídica del empresario, jubilación: 1 mes de salario

- Despido disciplinario: No da derecho a indemnización.

- Despido improcedente: 45 días de salario por año de servicio hasta el 11 de febrero de 2012 y a partir de ahí hasta el despido 33 días de salario.

¿No tiene nada que ver que la empresa me haya pagado los finiquitos?

Gracias

La empresa le habrá abonado a usted las vacaciones generadas y no disfrutadas y el último mes de trabajo y la parte proporcional de la paga extra, pero no le habrá abonado indemnización cada vez ¿no?

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