Perdida de días de paro y tiempo de que dispongo para solicitarlo

Es cierto que si tardo más de 15 días, después de ser despedido, ¿en solicitar el Paro todos los días a partir del dia15 que pasen se me descuentan del computo total de días que me pertenecen?

Y cuanto tiempo puedo estar sin solicitar el paro ( desde el despido ) sin perder mi derecho a solicitarlo, 4 años, 5 años, 6 años o más.

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Desde que te despiden tienes un máximo de 15 días laborables sin contar los domingos y días festivos, pasados estos días puedes dejar el paro para que se te acumule para la próxima vez o si antes de encontrar trabajo te apuntas los días de retraso no se te abonaran y constaran como perdidos a efectos de pago.

Esto quiere decir que si tengo derecho a dos años de Paro y no lo solicito en dos años... lo pierdo todo, no?

No te quedaría todo pero tendrías que esperar a encontrar trabajo y cuando te despidieran, podrías acogerte a el con el paro acumulado.

Mi problema en concreto es que me encontraba en Excedencia de Policía Nacional desde marzo del 89, en que pasé a la empresa privada.

El 11-02-08 me despiden y solicito la prestación por desempleo, que me es concedida.

El 30-03-08 la interrumpo porque vuelvo a trabajar,hasta el 6-04-09, en que vuelvo a solicitar la prestación, que me vuelven a conceder.

El 4-06-09 , por edad, paso en Policía Nacional a Segunda Actividad sin destino y sin poder optar a ningún puesto policial. Pero sí puedo seguir trabajando en la empresa privada.

Desde esta fecha se solapan la prestación por desempleo y una paga de Policía Nacional de unos 400 €/mes (Ni el salario mínimo interprofesional)

El 1-09-09 comienzo de nuevo a trabajar y se interrumpe nuevamente la prestación de desempleo. Continúo con la mensualidad de Policía Nacional más la de mi trabajo.

El 31-03-10 se produce un nuevo despido y la solicitud de la prestación por desempleo,

informando al funcionario mi cambio de situación en Policía Nacional y de mis ingresos.

Me informa que una cosa son Clases Pasivas y otra Seguridad Social. Y pasa a tramitarme

la solicitud de la prestación, que me viene aprobada nuevamente.

El 28-04-11 vuelvo a trabajar hasta el 6-06-11 y solicito de nuevo la prestación que vuelve a ser aceptada y así hasta su extinción el 7-11-11.

Ahora me dice el INEM, que revoca todas las concesiones que me han aceptado por ser

incompatible la prestación con la Segunda Actividad.

Si se diera el caso de tener que devolver las prestaciones recibidas, en justicia, sería como si no me hubiesen pagado mi derecho adquirido, después de 20 años, al Paro, no? Por lo que continuaría con mi derecho a él.

Y si la incompatibilidad de cobrarlo es mi situación policial, si renuncio a ella, podría solicitar

mi Paro nuevamente o tendría que trabajar un tiempo y luego solicitar este Paro ?

Gracias por las explicaciones dadas anteriormente, disculpad mi extensa explicación pero he querido ser muy claro en este caso "tan atípico" y que me ha tocado a mí para que, teniendo todo bien explicado, me podáis ayudar mejor y aconsejarme lo más conveniente.

Muchísimas gracias y FELIZ NAVIDAD.

SALUDOS.

Creo que lo más razonable es que en vez de ir a tu oficina más cercana del INEM, sería que te acercaras a las oficinas centrales de la ss es donde un funcionario que tiene todos tus datos al día te informara con fundamento.

Ya he estado en la SS. y no entienden cómo si he estado cotizando durante veinte años, hasta la solicitud de mi primera prestación e incluso paralelamente con Muface ,ahora no tenga derecho a percibir la prestación. Me remiten al Inem.

Me parece bien, pero en la SS te tienen que dar una carta con la incidencia por la que has tenido que ir a ellos, para que en el INEM se enteren y no te empiecen a marear.

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