Duda sobre prestación por desempleo

Le cuento, se me termina la prestación por desempleo en 15 días. Durante estos 3 últimos años he trabajado de forma temporal y cuando no seguía cobrando la prestación. Con el trabajo he acumulado mas de 16 meses, por lo tanto dispongo de nueva prestación. Cuando se me termine el paro viejo ¿cómo puedo solicitar el paro nuevo?.

Claro, no tendré ningún certificado de empresa ni carta de despido ya que el ultimo certificado de trabajo lo utilice hace 20 días para la reanudación de la prestación antigua(mi prestación actual)

Lo que necesito saber es si puedo empalmar una prestación con otra.

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Las cotizaciones que se tienen en cuenta para determinar la duración de la prestación por desempleo son todas aquellas que no se han utilizado en ninguna prestación anterior, porque desde el momento en el que se inicia el cobro de una prestación la prestación iniciada ya no se puede sumar a la prestación que se genere con nuevas cotizaciones, es decir que si tu estas trabajando en una empresa y te despiden o te marchas tu de esa empresa para empezar a trabajar en otra empresa diferente sin solicitar la prestación por desempleo, tanto las cotizaciones del ultimo contrato de trabajo como las cotizaciones de la anterior empresa se contabilizaran para determinar la duración de la prestación por desempleo, pero si cunado finalizas un contrato de trabajo solicitas la prestación por desempleo, si se interrumpe esa prestación para trabajar con un nuevo contrato de trabajo los días que te queden por consumir ya no se pueden sumar a los que se generen con otro contrato de trabajo si no que hay que terminar de consumir si el contrato de trabajo es inferior a 360 días o elegir entre los días que te queden de la anterior prestación o iniciar una nueva prestación si el contrato de trabajo es igual o superior a 360 días;por o tanto las prestaciones una vez iniciadas no se pueden encadenan, por otra parte, sin carta de despido ni certificado de empresa el INEM no te conceden la prestación por desempleo, por lo que te tendrás que poner en contacto con la empresa para que te entreguen ambos documentos y si no lo hace tendrás que ponerte en contacto con un abogado o con un sindicato para demandarla, y recuerda que para demandar a la empresa por despido solo tienes 20 días hábiles a partir de el día siguiente a la fecha del despido o extinción del contrato de trabajo.. No se te olvide finalizar la pregunta

gracias por contestar.

entonces,tengo que gastar la prestación antigua y cuando la gaste,para solicitar la nueva necesito un nuevo contrato de trabajo,aunque sea de 1 día por trabajo temporal y así obtener un certificado de empresa.¿es así?

gracias!

Cuando finalizas un contrato de trabajo o te despiden de la empresa, el empresario te tiene que entregar junto a la liquidación el certificado de empresa.. el certificado de empresa es un documento esencial para acceder a la prestación por desempleo, porque en el certificado de empresa figuran todos los datos que necesitan en el INEM para concederte la prestación por desempleo.. Si la empresa no te entregan el certificado de empresa cundo terminas el contrato de trabajo o no te le renuevan tienes que denunciar a la empresa a la inspección de trabajo para que la inspección de trabajo se ponga en contacto con la empresa y la obligue a que te entregue dicho certificado, y cuando comiences a cobrar la prestación si comienzas a trabajar sin haber consumido toda la prestación cuando finalices el contrato de trabajo puedes volver a reanudar la prestación atrasada si el contrato de trabajo a durado menos de 360 días y las cotizaciones efectuadas con ese contrato de trabajo se reservan hasta que completes los 369 días que dan derecho a una nueva prestación por desempleo pero si el contrato de trabajo es de 360 días o mas cuando vallas a solicitar la prestación te dan a elegir entre la prestación que te queda por consumir o iniciar una nueva prestación por el tiempo que te corresponda por las cotizaciones efectuadas con el ultimo contrato de trabajo pero ojito con los contratos de trabajo de unos pocos días porque en el INEM están muy sensibilizados con ese tipo de contratos que consideran fraudulentos y que les puede salir muy caros a los que los realiza a los empresarios fortísimas sanciones y a los trabajadores la suspensión de la prestación y la reclamación por el INEM de todo lo percibido de la prestación.. No se te olvide finalizar la pregunta gracias..

http://www.google.es/search?que=certificado+de+empresa&ie=utf-8&oe=utf-8&aq=t&rls=org.mozilla:es-ES:official&client=firefox-a

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