Despido durante Baja Laboral

Yo he trabajado durante 15 años en la misma empresa, nunca he cogido una baja ni nada parecido, pero en el mes de enero de este año, he tenido un accidente de trafico, por lo que me he visto obligado a coger la baja, con tan mala suerte que la empresa ha tenido que despedir a mucha gente y me ha tocado. Bueno me han despedido con los 45 días por año trabajado, por lo que no puedo reclamar nada, yo al estar de baja y no ser accidente laboral, me esta descontando tiempo de paro, hasta el momento llevo 3 meses, esto quiere decir que se me descontaran de los dos años que tengo de paro, y según me han dicho no puedo solicitar nada hasta que me den el alta, (Corrígeme si no es cierto), pero mi pregunta es la siguiente: Yo en ningún momento he dejado de buscar trabajo, por lo que ya he encontrado un trabajo en el cual me contrataran cuando me den el alta, ¿si el mismo día que me den el alta, ya me contratan en la otra empresa y por el motivo que sea este trabajo me sale mal y tengo que solicitar el paro dos meses después, también se me habrá descontado del paro los días que he estado de baja?, o bien el tiempo que he estado de baja no se descuenta del paro. No entiendo muy bien este tema os agradecería que me ayudarais sobre esta cuestión, no encuenyro respuesta por ningún lado.

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No has dicho si el accidente de trafico ha sido cuando ibas o venias de trabajar y de quien fue la culpa o fuiste tu solo sin que haya otros conductores implicados.
No entiendo lo que dices que no puedes solicitar nada hasta que te den de alta, puedes ser más explicito por favor, solo esto es lo que no entiendo.
Si te sale mal ese trabajo al quedar de nuevo en el paro tienes que pedir la reanudación de la prestación anterior. Claro que se te descontará el tiempo que has consumido anteriormente.
Creo que me he explicado mal, el accidente de trafico no fue laboral osea que ni iba ni venia del trabajo, y si que hay otros conductores implicados, aunque la culpa no fue mía. Respecto a lo que me refería con no solicitar nada de momento hasta que me den el alta, es el paro, ya que actualmente me esta pagando la mutua y se me descuenta del tiempo del paro por no ser accidente laboral. Según me han dicho se descuenta del tiempo del paro acumulado y ademas la cuantía de prestación se rige por el Inem. Según las informaciones de las que dispongo y corrígeme si no es cierto la situación es la siguiente:
1º: accidente de trafico fuera de horario laboral.
2º: Baja por contingencias comunes o accidente no laboral.
3º A la semana de estar de baja me despiden con 45 días por año, (nada que reclamar)
4ª Solicitud de prestación en la mutua Laboral, que es la que actualmente me esta pagando una cantidad que se rige por las prestaciones del Inem y que el tiempo que me están pagando ellos, (osea desde el despido) se me descontara posteriormente de los dos años que tengo de paro.
5º El día que me den el alta, yo tengo que solicitar en el Inem el Paro, por lo que actualmente no tengo nada que solicitar en estas ofocinas, pero si que lo tengo que hacer cuando me den el alta y me descontaran de los dos años que tengo de paro el tiempo que he estado de baja desde que me han despedido. Teniendo 15 días para solicitarlo desde el día de fecha de alta.
Y la pregunta es:
Yo el mismo día que me den el alta, empezare a trabajar en otra empresa, por lo que el mismo día que me den el alta también cusare alta de nuevo en la seguridad social y demás, esto quiere decir que en ningún momento voy a solicitar el paro ni voy a estar un solo día sin cotizar. Si pasados uno o dos meses de estar en esta nueva empresa trabajando, por el motivo que sea me despiden y si que tengo que solicitar el paro, ¿los dos o tres meses que he estado de baja desde que me despidieron y que me descontarían del paro si lo solicitara nada más que me diaran de alta, se habrían descontado de igual manera cuando solicite el paro la segunda vez que me han despedido?
Según me han dicho no se descontarían pero no estoy seguro, quiere decir que en el segundo despido segiria teniendo los dos años de paro y no se descontarían los 3 o 4 que he estado de baja y que me ha pagado la mutua rigiéndose por las normas del Inem.
Espero que te haya aclarado la pregunta un poco mejor.
Gracias, un saludo
Espero que esto aclare tu duda:
Cuando un trabajador que está en situación de incapacidad temporal
finaliza su relación laboral, el Instituto Nacional de la Seguridad
Social o la Mutua le seguirán abonando la incapacidad temporal en
cuantía igual a la de una prestación por desempleo.
Una vez que el trabajador esté de alta médica se entiende, a
efectos de un posible derecho a prestaciones por desempleo, que está en
situación legal de desempleo y comienza a contar el plazo de 15 días
hábiles para solicitar las prestaciones. Por tanto, deberá esperar al
alta médica para solicitar las prestaciones por desempleo.
De aprobarse un derecho a prestación por desempleo, se descontará
del periodo de duración reconocido el tiempo transcurrido desde el cese
en la empresa hasta el día del alta médica, excepto si la incapacidad
temporal se debe a una enfermedad profesional o a un accidente laboral
y el alta se ha producido a partir del 1 de enero de 2008. El Servicio
Público de Empleo Estatal cotizará por el periodo descontado, asumiendo
la cuota empresarial y la del trabajador..

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