Contrato personal de limpieza

Mi empresa quiere contratar personal para limpiar las oficinas. ¿Esto seria posible? ¿O la empleada debería estar en el régimen especial de empleados del hogar?

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Me imagino que la empresa cuando quiere contratar personal para trabajar en la empresa donde se dirigirá sera al SEPE-INEM la oficina de empleo donde solicitaran los -las trabajadores que necesite y serán los funcionarios del SEPE o-INEM, los que seleccionaran a los trabajadores suscritos en las listas del desempleo de dicho organismo publico, pero de todas formas ya sabes como funciona este país y si los empresarios quieren contratar a fulanito a a menganito lo hacen sin ningún tipo recato, y si un trabajador no les cae bien pues la despiden y santas pascuas, pagan la indemnización correspondiente y el trabajador se queda en la calle así funciona nuestro país así que aunque no puedan hacerlo haber quien se lo impide cuando la mayoría de los trabajadores estamos completamente indefensos porque ni estamos organizados sindicalmente ni somo muy solidarios que digamos porque cada uno vamos a nuestra bola .. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta
La verdad es que tu respuesta ha sido muy clara pero deberia de haberte dado mas informacion... la persona a a que quieren contratar es una conocida del jefe,(por lo que no sera necesario ir al SEPE) que la quiere contratar por hacerle un favor debido al tiempo que esta desempleada. Lo que me pregunto es si le puede hacer un contrato como personal de limpieza, pues tenia entendido que no se puede hacer ese tipo de contrado ya q es la empleada la que tiene q estar en el regimen especial de la seguridad social... Espero haberte dado la informacion necesaria...
Mientras el empresario cumpla con todas las normas laborales como la de cotizacion retribución y el respeto a los derechos de los trabajadores recogidos en el ET el empresario es libre de contratar a los trabajadores que mas le interesen, por ejemplo si una persona yama a la puerta de una empresa en busca de trabajo y el empresario acepta en su empresa a esa persona nadie se lo puede impedir, pero puedes poner una demanda en la inspeccion de trabajo y seguridad social si consideras que el empresario vulnera el sistema de contratación, entonces serán los inspectores los que se darán una vuelta por la empresa para comprobar que esa persona a sido contratada de forma legal, las denuncias a la inspección de trabajo se mantienen bajo el mas absoluto secreto garantizando el anonimato de la persona que hace la denuncia.. Un saludo..
http://www.lexjuridica.com/doc.php?cat=22&id=15

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