Se puede negar la empresa donde trabajo a llegar a un acuerdo para que me despida

Necesito que ayuden con una duda que tengo, llevo unos siete años trabajando en una empresa, y por motivos personales quiero irme de esta empresa, quisiera llegar a un acuerdo con ellos para que me despidieran para poder cobrar el paro, no deseo nada más. ¿Ellos se pueden negar ha hacerme los papeles para poder cobrar el paro? Y en caso de hacérmelos, que es lo mínimo que me pertenece.

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En primer lugar tienes que saber que la empresa no puede pactar con los trabajadores un despido para que el trabajador pueda cobrar el paro, porque ademas de un fraude se trata de una practica totalmente ilegal ya que para tener derecho a el desempleo la perdida del puesto de trabajo se tiene que producir por causas ajenas a la voluntad del trabajador, por finalización del contrato de trabajo, por despido a instancias del empresario y no a instancias del trabajador, o por causa justa como por ejemplo cuando el empresario incumple con sus obligaciones y el trabajador decide solicitar la extinción del contrato de trabajo como consecuencia de dicho incumplimiento, algo que si le da derecho al desempleo ( articulo 50 del ET ).. Por lo tanto si la empresa no accede a pactar un despido es porque el SEPE podría sospechar e instar a la inspección de trabajo a investigar la verdadera causa del despido y si se descubre el acuerdo, las consecuencias tanto para ti como para la empresa serian muy malas por eso tienes que saber que cuando un trabajador llega a un acuerdo con la empresa para poder cobrar el paro cuando el despido se produce a instancias del trabajador, el SEPE antiguo INEM) le puede exigir al trabajador despedido acreditación de haber percibido la indemnización legal correspondiente.
En el caso de que la indemnización no se hubiera percibido, ni se hubiera interpuesto demanda judicial en reclamación de dicha indemnización, el INEM pedirá la actuación de inspección a los efectos de comprobar la veracidad del despido.
Consecuencias para el trabajador: Suspensión del abono de la prestación y devolución de las cantidades que pudiera haber percibido.. Consecuencias para el empresario: Si inspección de trabajo investiga el despido y verifica que ha existido fraude puede sancionar a la empresa con una multa de mínimo 3.005,07 euros y un máximo de 90.151,82 euros. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.citapreviainem.es/arreglar-los-papeles-del-paro/

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