Si te echan de la empresa el derecho a percibir la prestación por desempleo no le pierdes nunca, porque aunque la empresa hubiera dejado de cotizar a la seguridad social y hacienda el IRPF, tu seguirás teniendo el mismo derecho a cobrar la prestación por desempleo de la misma forma que si la empresa, no hubieras dejado de cotizar nunca, a la seguridad social ni hacienda, tu por eso no te preocupes porque las deudas ya se las harán pagar a la empresa además de la sanción económica que la puede caer encima a los responsables de la empresa, si no cumplen con sus obligaciones con la seguridad social y con hacienda.. De todas formas deberías de solicitar la vida laboral en la tesorería provincial del INSS, para que estés informado si la empresa esta cumpliendo o no con la seguridad social y con hacienda o si por el contrario hace tiempo que a dejado de cumplirlas porque es muy importante que estés informado se todo lo referente a tu vida laboral, para que en el supuesto de que la empresa estaría incumpliendo con la obligación de cotizar a la seguridad social y la de pagar el IRPF para ponerlo en conocimiento de la inspección de trabajo y seguridad social para que tengan constancia de las irregularidades de la empresa y actúen en consecuencia, pero tienes que tener en cuenta que si por la circunstancia que fuese te quedas sin trabajo por causas ajenas a tu voluntad sin cobrar la prestación por desempleo no te vas a quedar, porque el único responsable y el que tiene que afrontar las consecuencias de las infracciones son los responsables de la empresa.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..