Que ta:Mira, cuando un trabajador tiene que dejar la empresa porque no puede seguir realizando su profesión habitual debido una incapacidad permanente total y la empresa tampoco dispone de ningún puesto de trabajo compatible con su nueva situación y tiene que dejar la empresa, si le corresponde la prestación por desempleo puede optar por suspender el cobro de la pensión por IP mientras cobra la prestación por desempleo hasta agotar la totalidad de la prestación y después comenzar a cobrar la pensión por IP, o renunciar a cobrar la prestación por desempleo y cobrar la pensión por IP desde su reconocimiento, pero no puede cobrar la pensión y la prestación por desempleo de forma simultanea porque son incompatibles y como nadie te a informado de esa circunstancia una vez que se empieza a cobrar la pensión por IT se pierde la prestación por desempleo solamente se puede compatibilizar la pensión de IP y la prestación por desempleo cuando encuentres un trabajo compatible con la IP finalices el contrato de trabajo o te despidan y generes las cotizaciones correspondientes a los 360 días de carencia que dan derecho a cobrar el paro, lo que no me explico como en el INSS no te informaron sobre el derecho a elegir entre la pensión y el paro.. Por lo tanto legalmente ya no tienes ninguna posibilidad de reclamar pero a mi parecer deberían de haberte informado de las dos opciones para que fueras tu quien eligiera la que mas te beneficiara, pero ya no tiene remedio de todas formas si quieres puedes pasarte por la tesorería provincial del INSS para recabar mas información .. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta.. un saludo..
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Incapacidadpermanen10960/RegimenGeneral/Prestaciones/Incapacidadpermanen28700/CuantiaAbono/index.htm#42804
http://www.incapacidadpermanentetotal.com/Incapacidad-permanente-total-y-desempleo/10