SS o Paro

Llevo 2 años y medio trabajando en mi empresa como indefinido y estos 6
últimos meses de baja por enfermedad. Ahora mi empresa ha echo una
regulación de empleo por lo que yo seguiría cobrando por la ss hasta
que me den el alta y luego pasaría a cobrar por el paro ya que tengo el
tope. Estos meses que este de baja luego me los descontarían del paro,
por lo cual me gustaría saber si es mejor que pida el alta voluntaria y
empezar a cobrar ya directamente por el paro ya que me han dicho que
cobrare más por el paro que si me paga la ss social. Pero tampoco se si
esto es cierto.

6 Respuestas

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Mientras estés de baja, aun sin contrato, cobras directamente del inss o de la mutua en lo que se llama situación de pago directo.
Efectivamente, mientras cobres por esta situación el plazo con derecho a cobro de paro se va extinguiendo, es decir, si tienes derecho a cobrar 100 días de paro y estas en pago directo durante 50 te quedarán 50 de pago por paro.
En un principio vas a cobrar lo mismo en pago directo que por el paro. Sin embargo si tu enfermedad requiere de pruebas la mutua te las va a tener que realizar sin coste alguno y es posible que las adelante, mientras que si cobras la prestación por desempleo vas a tener que esperar las colas de que tiene nuestro sistema sanitario o pagarlas en el caso de que vayas por lo privado.
Se todas formas puedes comprobar tu prestación por desempleo en la página del INEM y ver que te compensa más.
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Bueno Chemuni voy a intentar aclara tus dudas con los datos que nos das para ello puesto que lo que estas cobrando por tu baja ya lo conoces. Te voy a explicar como puedes hallar la cantidad que te corresponde de paro para ello tienes que coger las nóminas de los 6 últimos meses y coger las bases de cotización por la contingencia de desempleo (excluida la base de cotización por horas extras). Una vez sumadas dichas bases dividiremos el resultado entre 180 y nos saldrá la base reguladora diaria de la cual cobraremos el 70% durante los primeros 180 días y el 60% a partir del día 181 (se tratan de cantidades brutas). Lo obtenido se multiplicara luego por los días que tenga el mes.
En ningún caso lo obtenido podrá pasar de las siguientes cantidades que son los topes máximos de la prestación para el año 2009:
1076.44 euros/mes en el caso de no tener hijos.
1230.22 euros/mes en el caso de tener un hijo.
1383.99 euros/mes en el caso de tener más de un hijo.
Comparando las cantidades obtenidas con lo que cobras en la actualidad podrás ver de que forma cobras más. Dichos cálculos los puedes hacer automáticamente desde esta página www.inem.es.
En cualquier caso piensa que las cantidades a cobrar no es en lo único en lo que debes a pensar, pues al darte de alta y cobrar el paro se supone que estas perfectamente para trabajar, con lo que en caso de llamarsete para alguna oferta de trabajo presentarte a las ofertas para las que te llamen misma y si eres tu el que rechaza la colocación y el empresario así lo hace constar podrías tener problemas para conservar la prestación.
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Si durante su contrato tiene una baja por enfermedad y cuando este se finaliza sigue de baja, seguirá percibiendo la prestación económica de IT hasta el alta médica, aunque la cuantía se modifica y pasa a ser la que corresponda a la prestación por desempleo- Una vez que se tiene el alta médica hay 15 días para solicitar el desempleo. Si la baja fue por enfermedad común y va a solicitar prestación contributiva (paro, no subsidio), se le descontará el tiempo que haya transcurrido entre el fin del contrato y el alta médica, pero la ventaja es que el INEM cotizará a la Seguridad Social por todo ese período. No sería necesario darse el alta voluntaria pues cuando el médico le de el alta de la enfermedad y, siempre que arregle el paro en los 15 días siguientes, el INEM cotizará a Seguridad Social por todo el periodo que ha estado en IT regularizando sus cotizaciones.
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Es lo mismo, ya que no cobras el 100% por enfermedad. Sale lo mismo, déjalo pasar porque no te merece la pena mover papeles, además tienes opciones de estar en la empresa, ya que si estás por el paro pierdes opciones de volver a ser trabajador si las cosas mejoran.
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Si es cierto lo que te han comentado
Respuesta
Correcto. Mientras estás de baja por enfermedad no laboral no cobras el total de la base reguladora.

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