Como se procedería en este despido

Hemos despedido mal a un empleado y en la conciliación se firmó la readmisión, pero con la clausula que se debía de pagar los salarios de tramitación antes de comenzar a trabajar.(Esto fue el 25 de marzo)
El caso es que al día siguiente se presentó el trabajador con un representante a media mañana exigiendo el pago, y el horario por escrito, el negocio se abre a primera hora de la mañana y en ese momento no se le pudo atender, entonces se fueron. Ese mismo día se le llamó para que viniese a cobrar o para que nos diese un nº de cuenta, ya que siempre había cobrado en mano, hubo una negativa y se le mandaron dos burofax requiriéndole un nº de cuenta y el horario por escrito, uno al día siguiente y otro a la semana siguiente. Y después de 15 días sigue sin aparecer por aquí. Aunque si que le ven clientes por la calle.
El caso es que fuimos a un inspector de trabajo y nos dijo que lo diésemos de baja desde el uno de abril que nos compensaba pagar un recargo, y que además se encontraba cobrando el paro cosa que nosotros no sabíamos puesto que en conciliación se le reconoció la improcedencia y se le restablecieron las cotizaciones como si nunca se hubiese despedido.
El hecho es, que no se si procede hacer un despido disciplinario puesto yo no he dejado de pagar en la seguridad social o simplemente darlo de baja sin más que es lo que me recomienda el gestor y yo no lo veo muy claro.

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Yo lo que haría es denunciarle ante la Seguridad Social de manera que conste que habéis actuado bien y darle de baja.

Antes de nada muchísimas gracias por ayudarme.

¿Entonces darle de baja sin más, como si fuese abandono del puesto de trabajo? porque he leído por internet que ese artículo era muy difícil de probar puesto que debería de ser el empleado el que comunicase fehacientemente que dimite, y que es mucho más recomendable hacer un disciplinario, y estoy hecho un lío porque unos dicen una cosa y otros me dicen otra y no querría dar un paso en falso por no hacerlo bien, y si es disciplinario ¿desde que día contaría para el despido?, ¿desde el segundo aviso por burofax desde el día que dejó de venir...?

muchas gracias un saludo

Si hacerle un despido disciplinario por ausentarse bien notificado por burofax con acuse de recibo y contenido.

Tiene efectos desde el día siguiente a su notificación efectiva.

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