Ese tipo de cuestiones las tienes que resolver por acuerdo con la empresa. No hay norma o sentencia al respecto que resuelva esa cuestión.
El convenio colectivo debería resolver ese dilema, si no dice nada se está a lo que acuerdes con la empresa o dado que no serás el único al que le pasa, sería importante que lo comentaras al Comité de empresa para que mediante pacto con la empresa fije el criterio a seguir.
Un saludo. No olvides cerrar tu pregunta y puntuar. El no cerrar pregunta penaliza a los expertos.
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