Que pasa si sigo trabajando sin ser dado de alta como autónomo

Mi pregunta es la siguiente: ahora mismo soy autónomo y tengo una tienda de cosméticos, pero los impuestos se suelen llevar todos los beneficios del trimestre, así que estaba pensando darme de baja en septiembre durante un tiempo, pero seguir trabajando.
Se que no se puede hacer, pero quería saber que tipo de multa o penalización me enfrento en el caso venga algún control.

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La infracción se recoge en el artículo 22.7 del RDL 5/2000 como infracción grave:

No solicitar los trabajadores por cuenta propia, en tiempo y forma, su afiliación inicial o alta en el correspondiente régimen especial de la Seguridad Social cuando la omisión genere impago de la cotización que corresponda.

La sanción la recoge el artículo 40.1.b):

b) Las graves con multa, en su grado mínimo, de 626 a 1.250 euros, en su grado medio de 1.251 a 3.125 euros; y en su grado máximo de 3.126 a 6.250 euros.

El grado suele ser el mínimo, pero eso ya queda a la interpretación de el Inspector que te pille.

Además te pedirán todas las cotizaciones de autónomo que no hayas realizado y en los plazos que la ITSS considere impagadas estando trabajando.

Un saludo. No olvides cerrar tu pregunta y puntuar. El no cerrar pregunta penaliza a los expertos.

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