Suspensión de empleo y sueldo ¿Quién determina el importe de un error para que éste sea considerado falta grave?
A un conocido mío que trabaja en una agencia de viajes le citaron el otro día desde el dpto de personal debido a que cometió un error en una tramitación, que ha costado 600 euros a la empresa. Le han comunicado que según el artículo 42 del convenio de agencias de viajes, en el cual se indica que se considera falta grave "la negligencia en el trabajo que cause perjuicio grave a la empresa", se le sanciona con una suspensión de empleo y sueldo de 3 días. Teniendo en cuenta que esta persona puede mover un volumen de 700.000-800.000 euros anuales, ¿quién determina el importe de un error para que éste sea considerado falta grave?. Lo digo porque en ese tipo de trabajo, que conozco muy bien, se hacen miles de transacciones y es relativamente fácil cometer errores de este tipo. Según los representantes de la empresa, si el error es superior a 600 euros ya se considera falta grave pero, claro, eso es lo que dicen ellos... Esta persona firmó la hoja en la que le detallaban los hechos y ha sido informada que tenía 3 días para presentar alegaciones pero finalmente no las va a presentar pues como estaba presente un representante del sindicato, considera que las cosas estarán correctamente hechas y dice que así lo asume, pero yo creo que van a por esta persona y que le van a preparar alguna cosa más de este tipo para poder despedirle. ¿Con cuántas faltas le pueden despedir? ¿Sería despido procedente sin indemnización?.