Dudas quien paga estos días.
Esto es después de pasar los 365 días con una prorroga de 180 días, el INSS me envío un mensaje de texto informándole que se le daba de alta con fecha 27/08/13,ha día de hoy la carta no llego ni llegara, bueno a lo que yo procedo a redactar un manifiesto de disconformidad, recaída etc., el 10/09/13 el día 11 voy al IVE no paso y me dan el alta ese mismo día para el 12 reincorporarme al trabajo ¿se supone que esos días intermedios a estado de baja o de recaída? ¿quien debería abonar esos honorarios, ¿la empresa? ¿la mutua? O ¿el inss? El caso es que la trabajadora no ha cobrado esos días y no podía trabajar porque esta enferma. ¿Quien se hace cargo? Muchas gracias
1 Respuesta
Esos días los cobrarás como de baja y los paga el INSS o la Mutua si era ésta la que estaba pagando la prestación.
Artículo 128.1 de la LGSS:
Agotado el plazo de duración de trescientos sesenta y cinco días previsto en el párrafo anterior, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos competentes para evaluar, calificar y revisar la incapacidad permanente del trabajador, será el único competente para reconocer la situación de prórroga expresa con un límite de ciento ochenta días más, o bien para determinar la iniciación de un expediente de incapacidad permanente, o bien para emitir el alta médica, por curación o por incomparecencia injustificada a los reconocimientos médicos convocados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. De igual modo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social será el único competente para emitir una nueva baja médica en la situación de incapacidad temporal cuando aquélla se produzca en un plazo de ciento ochenta días naturales posteriores a la antes citada alta médica por la misma o similar patología, con los efectos previstos en los párrafos siguientes.
En los casos de alta médica a que se refiere el párrafo anterior, frente a la resolución recaída podrá el interesado, en el plazo máximo de cuatro días naturales, manifestar su disconformidad ante la inspección médica del servicio público de salud, la cual, si discrepara del criterio de la entidad gestora, tendrá la facultad de proponer, en el plazo máximo de siete días naturales, la reconsideración de la decisión de aquélla, especificando las razones y fundamento de su discrepancia.
Si la inspección médica se pronunciara confirmando la decisión de la entidad gestora o si no se produjera pronunciamiento alguno en el plazo de los once días naturales siguientes a la fecha de la resolución, adquirirá plenos efectos la mencionada alta médica. Durante el período de tiempo transcurrido entre la fecha del alta médica y aquella en la que la misma adquiera plenos efectos se considerará prorrogada la situación de incapacidad temporal.
Si, en el aludido plazo máximo, la inspección médica hubiera manifestado su discrepancia con la resolución de la entidad gestora, ésta se pronunciará expresamente en el transcurso de los siete días naturales siguientes, notificando la correspondiente resolución al interesado, que será también comunicada a la inspección médica. Si la entidad gestora, en función de la propuesta formulada, reconsiderara el alta médica, se reconocerá al interesado la prórroga de su situación de incapacidad temporal a todos los efectos. Si, por el contrario, la entidad gestora se reafirmara en su decisión, para lo cual aportará las pruebas complementarias que fundamenten aquélla, sólo se prorrogará la situación de incapacidad temporal hasta la fecha de la última resolución.
Buenos días, en todo caso si no me pagara la mutua que si era ella la que me estaba pagando... entonce es a ella a quién le tengo que pedir esos días no?...
Por que la empresa no ha cotizado por mi los 31 de agosto solo hasta el día 27 de agosto.. y en Septiembre esta por ver los 11 días que debería de cotizar también la empresa por mi.
Como podría reclamarlo estos días ? de cotizaciones y de cobro.
Hay algún escrito o algo que me pueda ayudar .
Gracias y un saludo.
Llegate a la mutua y solicita el pago, que te proporcionen el formulario, sino ve a la Dirección Provincial del INNS y reclámales a ellos el pago por incumplimiento de la Mutua, allí te proporcionarán la solicitud.
Espero no..le sea muy molesto...el contestarme.... me urge...
He ido a por la nominas de estos tres mes y el mes de agosto y septiembre en la nomina se refleja esto de septiembre, yo no he firmado nada de nada, no se por que me dicen que no están justificados si saben que tengo la reclamación previa, la recaída desde el 27 agosto..
Me gustaría por favor que me ayudara o si tengo que coger por aquí por donde vivo un abogado... ahora me estoy de vacaciones me han dado todas las que me debían, como el alta del EVI cuando pase la ultima vez fue el 12 septiembre pues como me debe un mes y medio pues me han dicho que no vaya a trabajar hasta el 27 de octubre..
Esto si lo tengo firmado por el encargado y todo grabado por si acaso..con esta gente te puedes esperar cualquier cosa..si usted oyera lo que dice de dos despidos el encargado que me lo cuenta es para echar se para atrás ..han arreglado un despido de una chica embarazada..etc......
le mando la nomina para que lo vea no me han quitado dinero, pero tampoco me lo han pagado
GRACIAS.
Reclama los pagos como te digo a la Mutua o sino al INSS.
También puedes acudir a la ITSS y denuncar los hechos. La denuncia es confidencial y te ahorras el tener que acudir a un abogado. Llévales toda la documentación.
Muchas gracias por todo lo que esta haciendo por mi....es la primera vez que me veo en algo así...así que como usted pude comprar soy ..una ignorante total..
Usted a visto la nomina no? ...me ponen eso de los días, pero no quitan la cantidad..creo que eso es de mala fe... o algo no están haciendo bien ellos, o eso creo.
Perdón por la pregunta, pero el ITSS que es el INSS?
Gracias..
ITSS es la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el INSS es el Instituto Nacional de Seguridad Social.
La mala fe se la tendrán que tragar si hay fraude por parte de la empresa.
Perdón otra vez, pero dicen que si denuncias a inspección de trabajo al final se enteran que eres tu... eso es lo que he visto en foros..
Entonces aquí en Málaga debería de ir a inspección de trabajo y denunciar esto, no es así, pero mi torpeza.
Mil Gracias.
y si espero a reincorporar me de este mes a ver por donde me salen, y hacer lo una vez que vuelva al trabajo... y volverlos a grabar... no se ..ideas que me vienen.
Mil gracias.
¿Pero es que si quieres reclamar lo que te corresponde de alguna manera tendrá que enterarse la empresa no?
Tienes la vía de reclamar a la Mutua, la vía de la ITSS o si la Mutua se desentiende puedes solicitar el pago al INSS.
Si quieres que te reconozcan lo que es tuyo tendrás que mover ficha ya que estás viendo que la empresa se desentiende.
Cierra pregunta si puedes.
Buenos días y siento ser tan pesada...tenemos un enlace sindical..esta persona debería de estar enterada de todo esto no? si no me equivoco, es para hablar con el, lo malo es que se comen el puchero junto a la empresa...va poco hacia el trabajador solo tira para ella.
Lo siento por ser tan pesada, pero es que tengo muchas cosas a mi cargo...y como sabrá..como están los empleos..
De nuevo gracias.
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