Ante todo pedirte disculpas, ya que leí tu pregunta muy rápido y me obsesione con que, querías dar de alta a un trabajador a T.P., con lo que mi respuesta no te ha servido de mucho.
Bien pues para la cotización de un trabajador a T.P., debes indicar las horas reales trabajadas cada mes, o sea que ni 30 días, ni 31 días, a no ser que trabaje sin descanso todos los días, lo normal es que trabajando todos los días de lunes a viernes, como es el caso, los días realmente trabajados sean unos 22 días, según cada mes, que multiplicado por las horas día, nos da 88 horas. Normalmente este dato casi ni lo comprobamos, ya que viene dado por el propio programa informático que ha confeccionado la nómina de ese mes, que al mes siguiente, ese mismo programa, nos calcula los S.S. (tc2 ytc1), y los enviamos directamente por on line, con el programa Winsuite (lo mismo que red directo pero para profeionales). Por lo que deduzco tú lo haces de forma manual, ya que si tuvieras un programa de nóminas te lo haría automáticamente.
Un consejo no hagas mucho caso a este dato, puedes indicarlo, cuando tengas dudas, aproximado, ya que no afecta en nada a la vida laboral del trabajador y menos a la empresa, sólo sirve para saber si la cantidad que pagas (Base Cotización) al trabajador está comprendida entre las Bases mínimas y máximas, me imagino que conoces este tema, no se puede cotizar por un trabajador por debajo de la base mínima, ni más de la base máxima, y los Sres., de la TGSS., como tienen poca faena en el caso de los trabajadores a T.P., estas bases las dan en precio hora, en vez de precio mes como para los trabajadores a T.C.