Queue tal:Mira, cuando una empresa despide a un trabajador, además de hacerle efectiva la indemnización que le corresponda según el caso, tiene también la obligación de liquidar las cuentas pendientes mediante el finiquito. En ocasiones, bien por un simple error o por mala fe, puede que el cálculo esté mal hecho y se asignen cantidades inferiores a las que en realidad la persona despedida tiene derecho. Por este motivo, y para no sentirnos engañados, debemos conocer cuál es la manera correcta de realizar dicho cálculo. Cuando se extingue un contrato laboral, sea por el motivo que sea, el trabajador tiene derecho a percibir el finiquito, una compensación económica que consiste en la suma de tres conceptos:La parte de salario que le corresponda por los días trabajados en el mes en que se produce el despido. Una compensación por la parte proporcional del periodo de vacaciones no disfrutadas. La parte proporcional de pagas extras. El finiquito debe incluir todas las remuneraciones devengadas por el trabajador y todavía no percibidas, así que deberías de ponerte en contacto con un sindicato o con un abogado laboralista para que te asesore y si lo crees conveniente y la empresa sigue sin pagarte el finiquito, para que te tramite la demanda ante el SEMAC por reclamación de cantidad aunque la demanda la puedes poner tu misma sin mediación del ningún abogado, lo mas aconsejable es que si estas afiliada a un sindicato la demanda te la gestione un sindicato o un abogado particular o de oficio, pero no deberías de dejarlo pasar mas tiempo porque el finiquito te lo tenía que haber pagado la empresa, en el mismo momento de la extinción efectiva del contrato de trabajo, es decir el ultimo día de trabajo así que no lo dejes pasar las tiempo y sigue mi consejo.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta .. Gracias y un saludo..
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