Si cuando te quedes sin empleo por causas ajenas a tu voluntad, es decir a instancias del empresario, reúnes entre todos los contratos anteriores las cotizaciones correspondientes a 360 días, cuando te quedes sin trabajo, tienes que elegir entre reiniciar la prestación por desempleo que tienes interrumpida, por la misma cuantía y por el tiempo que te falte por consumir o iniciar una nueva prestación por el tiempo que te corresponda por las cotizaciones efectuadas con los contratos de trabajo que hayas ido acumulando, hasta cuando te hayas quedado sin empleo, pero al elegir una de las dos opciones la que se queda fuera de la elección la pierdes para siempre, porque no se acumula para futuras prestaciones, pero si cuando finalices el ultimo contrato de trabajo no tienes acumulados los 360 días que se requieren para optar ente la prestación interrumpida o la nueva que da derecho las cotizaciones de los 360 días efectuadas con el ultimo contrato de trabajo, cuando finalices el contrato de trabajo dispones de 15 días hábiles para solicitar en el INEM la reanudación de la prestación interrumpida y las cotizaciones efectuadas con el ultimo contrato de trabajo se acumulan para futuras prestaciones hasta que completes los 360 días que dan derecho a cobrarla prestación por desempleo .. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..
Ami me queda un día de paro viejo y tengo para echar seis meses de paro nuevo si me quedo sin trabajo no me pueden obligar a gastar el día, puedo rechazarlo y echar paro nuevo,es que sino me quedaría fastidiado - Celestino Hernandez Magan