Tienes que mirar el convenio colectivo sectorial porque es en el convenio colectivo donde viene establecido la duración del periodo de prueba el periodo de prueba, y si no hay nada al respecto el periodo de prueba no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados, ni de dos meses para los demás trabajadores. En las empresas de menos de veinticinco trabajadores el período de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados articulo 14 punto 1 del ET por lo que tienes que mirar muy bien lo de los 6 meses del periodo de prueba porque me parece excesivo.. Por otra parte, aunque durante el periodo de prueba se puede dar por finalizada la relación laboral de la empresa con el trabajador y viceversa, en cualquier momento sin ningún tipo de explicación y sin preaviso, si la empresa despide a una trabajadora por coger una baja por maternidad el despido seria anulado de inmediato por cualquier juez ya que se trataría de un despido discriminatorio algo totalmente ilegal razón por la que esa clausula a la que haces referencia no tienen ninguna validez legal en el caso de una baja relacionada con el embarazo.. Por lo tanto tu lo que tienes que hacer es comunicar algún responsable de la empresa tu situación de maternidad y si el trabajo que realizas es perjudicial para tu embarazo, la empresa tiene la obligación de cambiarte a un puesto de trabajo mas llevadero y que no perjudique en absoluto el embarazo y si no dispone de un puesto de trabajo compatible con el embarazo entonces puedes coger la baja por riesgo de embarazo para lo que tendrás que acudir a tu medico de atención primaria es decir al medico de cabecera y el te indicara los tramites que tienes que realizar para solicitar la baja algo muy sencillo de realizar, y si te despiden por no pasar el periodo de prueba interpones una demanda por despido nulo y no solo te tendrán que readmitir en las mismas condiciones, si no que ademas te tendrían que abonar los salarios de tramitación, de todas formas te puedes informar al respecto en un sindicato o en la misma inspección de trabajo o en el Instituto de la Mujer de tu comunidad.. Un saludo y buena suerte..
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#a14