¿Ser socio de una SL me impediría cobrar paro?

Mi situación es la siguiente. Estoy trabajando por cuenta ajena en una empresa, y quiero montar una SL con unos compañeros. Mi pregunta es, seriamos 3 socios fundadores, si nos ponemos los 3 como administradores creo que tenemos que ser los 3 autónomos y pierdo el paro, ¿no? En definitiva, leo cosas de control efectivo de la sociedad si se tiene el 33 % del capital. Es decir, si yo por ejemplo tuviera el 30 % y no fuera administrador, solo socio fundador, y siguiera trabajando en una empresa por cuenta ajena, ¿podría cobrar el paro si me echaran de esa empresa?

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La cuestión es muy sencilla y para no complicar mucho la respuesta con tecnicismos que no llevan a ninguna parte.. Mira cualquier trabajador por cuenta ajena que cotice a al RGSS y al SEPE/INEM) y reúna los 360 días que causan derecho a cobrar la prestación por desempleo, en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o a la perdida del trabajo por causas ajenas a su voluntad, tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo, siempre que no este dado de alta en el RETA como trabajador por cuenta propia por

La cuestión es muy sencilla para no complicar mucho la respuesta con tecnicismos que no llevan a ninguna parte.. Mira cualquier trabajador por cuenta ajena que cotice a al RGSS y al SEPE/INEM) y reúna los 360 días que causan derecho a cobrar la prestación por desempleo, en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o a la perdida del trabajo por causas ajenas a su voluntad, tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo, siempre que cuando valla a solicitar dicha prestación, no se encuentre dado de alta en el RETA como trabajador por cuenta propia porque el trabajo por cuenta propia es incompatible con la prestación por desempleo y con cualquier tipo de trabajo a tiempo completo, así que mientras estés trabajando por cuenta ajena y no estés incluido en ningún otro régimen de la seguridad social, cuando te quedes sin empleo podrás acceder a la prestación por desempleo sin mayores problemas siempre que la extinción del contrato de trabajo se haya producido a instancias del empresario..

<h2>muchas gracias, me lo has dejado bastante claro. Una pequeña duda que me ha surgido, cuando dices " el trabajo por cuenta propia es incompatible con la prestación por desempleo y con cualquier tipo de trabajo a tiempo completo" quieres decir que no puedo trabajar por cuenta propia y a la vez tener un contrato de 40 horas?</h2>

La prestación por desempleo es incompatible con el trabajo por cuenta propia o autónomo y con cualquier trabajo a tiempo completo, la prestación por desempleo solamente se puede compatibilizar con el trabajo a tiempo parcial o a media jornada.. Pero para que estés mas seguro hay te dejo el enlace del ministerio de empleo y seguridad social para que lo veas tu mismo.. No se te olvide finalizar la pregunta gracias..

http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/normas_generales_subsidios.pdf

Había entendido que no era compatible el trabajo a tiempo completo con ser autónomo cuando te referías realmente a que era incompatible con la prestación mencionadaGracias por la aclaración. Antes

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