Se me ha terminado mi contrato de obra o servicio y estaba de baja medica. ¿Qué debo hacer?

Estoy embarazada de siete meses y hace un mes de dieron de baja por lumbangia, mi pregunta es que ahora los partes de baja donde los tengo que llevar, ya que mi contrato ha terminado este mes de enero. ¿Y quién me debe de pagar ahora y hasta cuando?

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Si esas en situación de incapacidad temporal (IT ) y no estas trabajando, el parte de la baja medica y el del alta cuando te le den, mas los partes de confirmación semanal los tienes que entregar en la entidad gestora (el INSS o la mutua) con la que haya tenido tu empresa concertadas las contingencias por incapacidad temporal y la cuantía de la prestación `por IT te la abonara la misma entidad gestora, a la que tienes que entregar los partes de confirmación, y el alta medica.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta

 hola, entonces es el inss el que me debe de pagar estando en it.pero mi pregunta es hasta cuando estaré de it. me han dado de baja tres meses antes de dar a luz.cuando de a luz cuanto tiempo de baja puedo estar? y hasta cuando me está pagando el inss?

Si estas de baja por enfermedad común seguirás cobrando la misma cuantía que bienes percibiendo, y si cuando vallas a dar a luz todavía sigues de baja por enfermedad el medico te dará la baja por maternidad durante 16 semanas si el parto es normal o 18 si el parto si es un parto múltiple y la cuantía de la prestación por maternidad es la correspondiente al 100 por cien de la base de cotización por contingencias comunes, del mes anterior al de la baja por maternidad o lo que es lo mismo de la base de cotización de tu ultima nomina puesto que ya no estas trabajando y la baja por maternidad es posterior al cese de la actividad laboral, y si cuando hayas terminado el permiso o baja por maternidad todavía tienes secuelas de la enfermedad que tenias antes de coger la baja por maternidad puedes seguir con la baja por enfermedad común hasta que te den el alta medica, eso si cobrando la cuantía que estabas percibiendo antes de la baja por maternidad, pero si te corresponde la prestación por desempleo cuando te den el alta medica y vallas a solicitar dicha prestación todos los días que hayas permanecido de baja común te los desquitaran de los días que te correspondan de la prestación por desempleo.. Espero que no se te olvide finalizar la `pregunta

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