Baja por enfermedad común(empleada de hogar)

Pronto tendré que operarme y estaré varios meses (puede llegar al año)sin poder ir a trabajar de empleada de hogar a las casas que voy, he hablado y me han dicho que esperarían a que me recupere en esos meses, no se si tienen que seguir pagándome el sueldo o no.

¿Pueden despedirme?

¿O solo tendrán que pagar a la seguridad social lo que corresponda hasta que me reintegre?

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El periodo de prestación por incapacidad temporal en caso de enfermedad común o accidente no laboral se inicia a partir del noveno día de la baja, estando a cargo del empleador el abono de la prestación desde el día cuarto al octavo, ambos inclusive.
En caso de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el subsidio será el 75% de la base reguladora y se cobrará desde el día siguiente al de la baja y El pago del subsidio por incapacidad temporal se efectuará directamente por la Entidad a la que corresponda su gestión, la mutua o el INSS no procediendo el pago delegado del mismo es decir que el o la empleadora, queda exenta de pago .Por lo tanto mientras estés de baja seguirás cobrando la prestación por IT pero quien te va a pagar la seguridad social aunque si es una baja común los cuatro primeros días los tiene que pagar de su bolsillo el o la empleadora y hasta que te den el alta medica la seguridad social.. En cuanto a que si pueden despedirte estando de baja, podrían hacerlo pero tendrían que ser por cualquier causa ajena a la baja por enfermedad porque si te despidieran por el echo de estar de baja el despido seria improcedente y te tendrían que pagar la indemnización correspondiente, pero si hoy en día si te pueden despedir estando de baja laboral, pero si están contentas con tu trabajo también pueden contratar a otra persona por el tiempo que estés de baja para que cuando te den el alta medica te puedas reincorporar sin ningún problema. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo...

http://www.ocu.org/consumo-familia/nc/informe/empleados-de-hogar-lo-que-hay-que-saber568794/8

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