Papeleta de conciliación por concepto de cantidad y juicio, ¿Son elevados los costes del proceso?

Hace ya casi un año que se me terminó el contrato temporal con la empresa en la que estaba trabajando, resulta que me debían unos cuantos meses y fueron pagándomelos poco a poco hasta que la empresa de la noche a la mañana cerró y quedo una pequeña cantidad por percibir de aproximadamente 700 euros. ¿Merece la pena meterse en un proceso judicial por esta cantidad?, he escuchado que los gastos del juicio son gratuitos al ser reclamación de cantidad pero ¿cómo serían los gastos de abogado? . Mi antiguo jefe es muy mal pagador y recientemente ha perdido un juicio por un ERE ilegal. No he podido entrar en ese juicio con mis compañeros porque mi situación es distinta, También he escuchado que para reclamar tengo un año y ya se me está acabando el tiempo por indecisión sobre este asunto. He ido a comisiones obreras pero me han comentado que el abogado más el proceso me sale tanto como la cantidad citada. Alguien me puede corroborar un poco ésta información.

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Para interponer una papeleta de conciliación por reclamación de cantidad no te hace falta ni abogado ni procurador porque la papeleta como la que puedes ver en el enlace de mas abajo, la puedes poner tu mismo y en el supuesto de que en el acto de conciliación no se llega a ningún acuerdo y tuvieras que seguir con la demanda por la vía judicial y decidieras presentarte con un abogado puedes solicitar un abogado de oficio en el colegio de abogados situado en el mismo juzgado de lo social algo que no te va hacer falta porque lo mas probable es que en el mismo acto de conciliación por reclamación de cantidad se llegue a un acuerdo y se establezca un plazo de tiempo para el pago de la deuda que tendríais que acordar entre las partes litigantes y si una vez vencido el plazo no te a pagado no tienes mas que solicitar la ejecución de lo acordado en el acto de conciliación en el mismo juzgado y si sigue si pagarte el juez adoptara las medidas pertinentes para que te pague lo que te deben o se declare el embargo correspondiente algo que no creo que llegue a suceder por que no es cantidad de dinero tan elevada como para que te embraguen los bienes..¨Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..

http://www.arrakis.es/~procurador_isreche/laboral-ejecucion/ple06.htm

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