Mi jefe no lo localizo y no se donde presentar la baja

Te sigo mucho tus comentarios y veo que eres una persona bastante experta, me explico mira resulta que trabajo en una empresa de limpieza y desde hace mas de un mes no se nada de mi jefe pues no coge el teléfono a ningún trabajador nos debe 3 meses que no nos paga, pero tras haberlo denunciado a un sindicato de momento tenemos que seguir yendo a trabajar aunque no lo localicen hasta que un juez diga lo que nos tiene que pertenecer.
Pues no tengo bastante con mi jefe sino que encima tengo dos hernias discales que no puedo ni agacharme pero el problema esta que al no estar localizado el jefe no me atrewvo a coger la baja pues las oficinas que voy no hay nadie que iría pues el jefe no lo localiza nadie y como no tiene ni oficina y el jugar de las nominas no es el suyo no se donde presentar la baja, me ha dicho el abogado que calcule de 2 a 3 meses hasta que salga el juicio pues primero es el smats o algo así pero al no localizarlo tendríamos que ir luego a juicio y así estoy desesperado sin cobrar camino 3 meses y con vistas a 3 meses mas, y encima trabajar con dolores espero contestación.

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Voy a ir directo al tema de la Incapacidad Temporal (IT), ya que si la empresa a desaparecido o su responsable, lo único que podéis hacer es lo que habéis hecho, primero habrá un intento de conciliación (arreglo) ante el Servicio Mediación y Arbitraje Catalán (SMAC), el empresario no comparecerá, ya que tal como ha obrado es porque no tiene intención de pagar, probablemente por falta de liquidez, después habrá el correspondiente Juicio, y la Sentencia os dará la razón pero el empresario se habrá declarado insolvente, y tendréis que reclamar el pago de lo adeudado al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), este hará frente a las deudas pero rebajadas y con límites (mucho menos de lo que se os debe pero es lo mejor).

Cuando un trabajador está o comienza un periodo de IT (baja por enfermedad o accidente) y su empresa no responde al pago o ha desaparecido, el trabajador no queda desprotegido, tiene que presentar la baja y una solicitud de pago directo ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), y éste asumirá el pago mientras dure la IT, ésto te garantizares el cobro esos meses de impago, lo único es que si cuando cobres del FOGASA, existen periodos que también los has cobrado como IT, tendrás que devolver dicho dinero.

muy buena respuesta mira una aclaración si no tengo retenciones en la nomina porque hago 23 horas semanales y gano 630 euros cuanto se me puede quedar al mes. gracias

La pensión de IT, no se calcula en base a la cantidad mensual que el trabajador percibe, sino con la base reguladora por Contingencias Comunes (C.C.) Que normalmente, según el modelo de nómina, suele estar al final, a saber, hay una base que es la del IRPF, otra la mencionada y otra la de Accidentes de Trabajo (A.T.).

Por otro lado el pago de la pensión es del modo siguiente, los 4 primeros días de la baja no se paga nada, del 4° al 15° día el 60% de la Base Reguladora C.C., la que viene en la nómina, a partir del 15° día hasta el final (Alta), el 75% de la citada base.

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Coge la baja y manda burofax a la dirección que conste en el contrato de esta manera queda constancia en correos y te sirve de prueba ante un juez

Luego con la baja y la demanda por impago acude a la mutua y pide el pago directo de la baja por impago de tu jefe no se pueden negar si lo hacen pon demanda en inspección de trabajo

Que sepas que con un mínimo de 3 nominas sin cobrar podéis solicitar la extinción del contrato por impagos con una indemnización de 45 días año trabajado y derecho al paro que os pertoque

Si te queda alguna duda o quieres algo mas aquí me tienes suerte

mira es que la dirección de esta empresa que tengo en la nomina, la ultima nomina la tengo de hace 4 años pues mi jefe me paga por el banco y no tengo ninguna nomina desde entonces he ido a la dirección que pone en la nomina y ahí no vive el por eso es por lo de si hay alguna forma de poder localizar pues si me diera las nominas actuales veo que no habría problema porque estaría la dirección actualizada, en espera que me puedas dar alguna solución te estoy agradecido y espero me puedas dar una solución gracias.

Si tu jefe trabaja con una gestoría que le lleve los papeles sabrán la dirección o con alguna factura, o sencillamente tu donde acudes a realizar tus funciones.

A las malas en tu contrato a de poner la dirección si a cambiado en inspección de trabajo deberían de saberlo al comunicar tu jefe la nueva dirección

Y si no a la dirección de las nominas o en la seguridad social o en la mutua cuando pague si es que lo hace y lo que no entiendo es que estéis tanto tiempo sin recibir ninguna nomina siempre hay que reclamarlas

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Si llevas 3 meses de retraso en nómina hay que irse al Juzgado y demandar solicitando que te reconozcan despido improcedente con pago de salarios debidos e indemnización de 45 (33) días por año, si la empresa no paga pagará FOGASA.

Se suelen presentar 2 demandas, una de despido improcedente y otra de reclamación de cantidad.

Pide una suspensión temporal de tu contrato hasta que salga sentencia. Díselo al Abogado que lleva tu caso o si no pide la baja por tus hernias.

Pide la baja en tu médico de cabecera y los partes los mandas por correo normal al domicilio de la empresa. Por lo menos que cobres mientras por incapacidad. Como la empresa no te va a pagar la IT los primeros 15 días debes solicitar a la Dirección Provincial del INSS su pago por incumplimiento de la empresa.

Gracias por seguirnos. Llevamos desde Febrero con este maravilloso proyecto con el que queremos ayudar y daros respuestas a todo lo que desconozcáis en materia laboral.

Cuenta con nosotros si alguna vez quisieras realizar un curso en materia laboral de calidad y barato. Estamos decididos a cambiar la formación laboral de la clase trabajada.

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Hombre con todo el respeto hacia el Sindicato o su Representante actual, lo que tendría que realizar Usted antes de nada, es acogerse a la Baja Laboral Incapacidad Temporal, para la Profesión Habitual; si lo consideran oportuno, póngase en contacto conmigo a la mayor brevedad posible en el 645 198 004, Carlos Bravo, Colegiado 4.902.

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Si tiene abogado el le podrá solucionar su consulta, ya que cuenta con todos los datos.

En cualquier caso una vez que presente la demanda que solicite medidas provisionales para que no tenga que acudir al puesto de trabajo.

Me gustaría ayudarle más pero si ya tiene abogado es él el que debe informarle de todas esas cosas. Un saludo

Si decide cambiar de abogado póngase en contacto conmigo en [email protected]

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